Visibiliza categoría penal de feminicidio violencia de género
MORELIA, Mich., 10 de marzo de 2021.- La creación de la categoría penal de feminicidio y la implementación de la perspectiva de género son dos de las herramientas con que cuenta el sistema jurídico nacional para visibilizar la violencia contra la mujer y luchar para transitar hacia una sociedad donde mujeres y varones gocen de una igualdad sustantiva en derechos, aseguró Norma Lucía Piña Hernández, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJN).
Durante la conferencia magistral La Perspectiva de Género en el Delito de Homicidio. Cuestiones Relevantes y Retos que Representa, impartida como parte de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer por el Poder Judicial en Michoacán, Piña Hernández mencionó que la aplicación de la perspectiva de género permite “detectar asimetrías, relaciones de poder y conductas estereotipadas que afectan no sólo a las mujeres, sino también a los hombres”.
Esto, mediante la desarticulación de mitos que el patriarcado ha utilizado para justificar la inferioridad de las mujeres y que se han trasladado a varones también, normalizados al grado que son aceptados incluso por las personas más afectadas.
Refirió la ministra de la SCJN que esta deconstrucción de los roles de superioridad de hombre sobre mujer, pero también de hombre sobre hombre, por la creación de relaciones de poder, es uno de los mecanismos para lograr hacer efectivos los derechos humanos.
Sin embargo, la implementación de la perspectiva de género tiene un primer reto importante, que es el que los operadores jurídicos “estamos igualmente inmersos en la construcción de lo que es ser hombre y ser mujer y la identificación de situaciones de poder por cuestiones de género impone un ejercicio de introspección para el operador jurídico, donde él mismo debe deconstruirse”.
Por su parte, el feminicidio es una categoría penal creada para visibilizar la forma más extrema de violencia contra las mujeres, su homicidio por género, “por el solo hecho de ser mujer”.
Recordó Norma Lucía Piña que la creación de este tipo penal es reciente, apenas una década, y se hizo primero en Estado de México, mientras que en Michoacán se llevó a cabo en 2014 y para 2017 todos los estados lo consideraban.
“El feminicidio es el homicidio de una mujer por el solo hecho de ser mujer y para que se cumpla el tipo penal se precisa que el delito se cometa contra una mujer y por razones de género”, insistió.
Para la efectividad de la categoría penal de feminicidio como visibilizador de la violencia de género, se requiere que todas las muertes violentas de mujeres se investiguen desde el inicio como feminicidios, y sólo cuando las investigaciones arrojan que no existieron razones de género, como homicidio, “y no al revés, como muchas veces se hace”.
“No hay una condición natural de superioridad del varón sobre la mujer, en la sociedad, la violencia de género es un problema cultural arraigado por los mitos del patriarcado, que ayudaron a su permanencia, por eso es fundamental que se aplique la perspectiva de género y la categoría penal de feminicidio”, señaló Piña Hernández.