Suman 58 quejas contra SSP por presuntas detenciones ilegales
MORELIA, Mich., 12 de agosto de 2017. – Por presunta detención ilegal, ciudadanos han interpuesto 58 quejas en contra la Secretaría de Seguridad Pública ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Y es que para muchos ciudadanos no está del todo claro cuál es el proceso de detención, o arresto, bajo que circunstancias es legal y cuáles son sus derechos, en caso de ser detenido.
Entre las razones por las que muchos ciudadanos determinan interponer una queja de esta clase es porque la autoridad responsable del arresto no expone a detalle las razones que inspiraron la detención, no obstante, las múltiples capacitaciones que se dieron a los operadores del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral.
También hay que mencionar que la autoridad competente y única en determinar si la detención es legal o no es el Juez de Control, por lo que en caso de que un juez concluya que lo fue no hay modo de que proceda la queja.
“… El Ministerio Público deberá justificar las razones de la detención y el Juez de control procederá a calificarla, examinará el cumplimiento del plazo constitucional de retención y los requisitos de procedibilidad, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en este Código. Ratificada la detención en flagrancia, caso urgente, y cuando se hubiere ejecutado una orden de aprehensión, el imputado permanecerá detenido durante el desarrollo de la audiencia inicial, hasta en tanto no se resuelva si será o no sometido a una medida cautelar”, así queda señalado en el artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Para la policía…
Los derechos del detenidos son los siguientes: derecho a guardar silencio y a declarar, y en caso de hacerlo, lo hará asistido de su defensor ante la autoridad competente; tiene derecho a ser asistido por un defensor, si no quiere o no puede hacerlo, le será asignado un defensor público; tiene derecho a hacer del conocimiento a un familiar o persona que desee, los hechos de su detención y el lugar de la custodia en que se halle en cada momento; todos son considerados como inocentes hasta que se demuestre lo contrario; en caso de ser extranjero, tiene derecho a que el consulado de su país sea notificado; a un traductor o interprete, el cual le será proporcionado por el Estado; y, por último, derecho a ser presentado ante el Ministerio Público o Juez de Control, según sea el caso, inmediatamente después de ser detenido o aprehendido.
Además de la policía cualquier civil que sea testigo de un crimen o acto con tintes delictivos puede ejecutar una aprehensión, siempre y cuando entregue en el menor tiempo posible el sospechoso a las autoridades, ejemplo de ellos son los presuntos ladrones que han sido detenidos en varios hechos distintos en Morelia y Uruapan.
De acuerdo a lo estipulado por el Código Nacional de Procedimientos Penales vigente en México y Michoacán “Cualquier persona podrá detener a otra en la comisión de un delito flagrante, debiendo entregar inmediatamente al detenido a la autoridad más próxima y ésta con la misma prontitud al Ministerio Público”, refiere el artículo 147.
Las hipótesis de flagrancia, o que se entiende por flagrancia, “La persona es detenida en el momento de estar cometiendo un delito, o II. Inmediatamente después de cometerlo es detenida, en virtud de que: a) Es sorprendida cometiendo el delito y es perseguida material e ininterrumpidamente, o b) Cuando la persona sea señalada por la víctima u ofendido, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la comisión del delito y cuando tenga en su poder instrumentos, objetos, productos del delito o se cuente con información o indicios que hagan presumir fundadamente que intervino en el mismo”, dice a la letra el código en su artículo 146.