MNPT emitió 2 informes de seguimiento para Michoacán
MORELIA, Mich., 5 de marzo de 2017.- El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura emitió los informes de seguimiento 3 y 4 del Estado de Michoacán, como resultado de las visitas efectuadas en el pasado mes de octubre.
Señala un comunicado que a efecto de verificar las acciones desarrolladas para la atención de las situaciones, señaladas en los informes iniciales enviados al Estado de Michoacán, personal del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la CNDH, llevó a cabo las visitas de seguimiento, con apoyo de personal de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Michoacán, para verificar el trato y las condiciones de las personas privadas de la libertad de los 20 lugares de detención visitados previamente bajo la competencia de la Procuraduría General de Justicia del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de Salud y el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, así como 16 separos de Seguridad Pública destinados a la aplicación de sanciones administrativas de arresto ubicados en los municipios de Acuitzio, Apatzingán, Ario, Erongarícuaro, Hidalgo, Huiramba, Lagunillas, Pátzcuaro, Quiroga, Salvador Escalante, Tacámbaro, Taretan, Tingambato, Tzintzuntzan, Uruapan Y Zitácuaro.
En las visitas se verificaron las condiciones de estancia, a efecto de analizar y evaluar su correspondencia con los derechos fundamentales, el trato humano y digno, la legalidad, la seguridad jurídica, la protección de la salud y la integridad personal.
Como resultado de la visita de seguimiento sobre las acciones realizadas por las autoridades estatales mencionadas, se constató que de las 214 situaciones observadas de manera inicial que constituyen factores de riesgo en materia de tortura o maltrato, 68 ya no presentan situaciones de riesgo, 42 presentan avances encaminados a su atención y 104 aún persisten. Asimismo, con objeto de ampliar la supervisión de los lugares de detención en el Estado, se realizó una visita inicial al Área de Separos de la Procuraduría General de Justicia local, en donde se detectaron cinco situaciones de riesgo.
Parte fundamental de las acciones del MNPT es la prevención de actos que pudiesen constituir malos tratos, motivo por el cual en las visitas se realizaron, además, actividades para promover e impulsar la observancia de los derechos humanos por parte de los servidores públicos que se encuentran en las diversas instituciones.
Entre las deficiencias observadas que aún persisten, se encuentran las siguientes:
Lugares de detención que dependen de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán
No se asigna una partida presupuestal para alimentación de las personas detenidas.
Algunas celdas carecen de inodoro, lavabo e instalaciones hidráulicas; la ventilación e iluminación, así como las condiciones de higiene son deficientes.
Las áreas de aseguramiento carecen de reglamento interno y manual de procedimientos.
En algunas agencias se carece de personal médico para cubrir el turno nocturno y fines de semana.
El personal médico no ha recibido capacitación sobre la elaboración de los certificados de integridad física, de acuerdo con el Protocolo de Estambul.
El representante social no acude al área de aseguramiento para verificar el trato que se brinda a los detenidos.
Las entrevistas de los detenidos con sus defensores y las comunicaciones telefónicas se realizan sin condiciones de privacidad.
No se cuenta con modificaciones y adaptaciones para facilitar la accesibilidad de las personas con discapacidad física.
Lugares de detención que dependen de la Secretaría de Seguridad Pública
No hay separación entre procesados y sentenciados.
El personal no ha recibido capacitación en materia de derechos humanos y prevención de la tortura.
El personal médico y de seguridad es insuficiente para cubrir las necesidades de los establecimientos.
La certificación de integridad física se realiza en presencia de personal de seguridad.
El personal médico no ha recibido capacitación sobre la elaboración de los certificados de integridad física, de acuerdo con el Protocolo de Estambul.
La sección femenil carece de área adecuada de ingreso, médica, protección, visita familiar e íntima, locutorios, aulas, talleres, deportiva, médica y cocina.
Los alimentos suministrados son insuficientes.
Las sanciones disciplinarias no se notifican por escrito y las personas sancionadas permanecen en condiciones de encierro.
Establecimientos en malas condiciones de mantenimiento e higiene.
El área de locutorios no reúne las condiciones para garantizar la privacidad de las conversaciones.
Lugares de internamiento que dependen de los ayuntamientos
Celdas carecen de planchas para dormir; en varias falta de inodoros, lavabos y no cuentan con agua corriente. La ventilación e iluminación natural son deficientes.
No se provee alimentos a los arrestados debido a que no se asigna una partida presupuestal para tal efecto.
Las comunicaciones telefónicas y entrevistas de las personas privadas de la libertad se realizan sin condiciones de privacidad.
El personal adscrito es insuficiente.
No existe reglamento interno, ni manual de procedimientos para regular la actuación de las autoridades desde el ingreso, durante la estancia y egreso de las personas privadas de la libertad.
Carece de libro de gobierno.
La comunicación telefónica de las personas privadas de la libertad se realiza sin condiciones de privacidad.
Carece de un área exclusiva para mujeres, por lo que son alojadas en alguna celda disponible o en las oficinas.
Las autoridades municipales acuden al área de arresto para supervisar el trato que se brinda a los detenidos, pero no existe registro de las visitas.
El servicio médico carece de equipo e instrumental médico, medicamentos y material de curación.
Personal no ha recibido capacitación en materia de prevención de la tortura y derechos humanos.
Responsables no acuden al interior para verificar las condiciones en que se encuentran los detenidos.