Protege Justicia Federal a Ricardo Villagómez en contra de la ASM
MORELIA, Mich., 4 de octubre del 2018.- La Justicia Federal amparó y protegió al ex presidente del Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán (ITAIMICH), Ricardo Villagómez Villafuerte, en contra de los actos de la Auditoría Superior de Michoacán.
En la versión pública del resolutivo judicial emitido el pasado 28 de septiembre por el juez Noveno de Distrito en el estado de Michoacán, Rodrigo Torres Padilla, se le ordena al auditor Superior de Michoacán, José Luis López Salgado, “deje insubsistente la diligencia de notificación de inicio del procedimiento practicada el dieciocho de febrero del dos mil dieciocho al aquí quejoso, dentro del procedimiento administrativo de responsabilidad número 003/2014, así como todo lo actuado a partir de ella y todas sus consecuencias legales”.
Según el documento citado, se recuerda que el 26 de febrero del presente año, la Auditoría Superior de Michoacán dictó un resolutivo que a la letra establecía:
“Se condena al ciudadano ……….. en cuanto Consejero Presidente de la entidad fiscalizadora al resarcimiento por la cantidad de $38,834.33 (treinta y ocho mil ochocientos treinta y cuatro pesos 33/100) en favor del erario público estatal debiéndose reintegrar dicha cantidad a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Michoacán, monto que no fue comprobado su gasto.”
Y prosigue: “Se determina imponer al ciudadano…… una multa por la cantidad de $3,883.43 (tres mil ochocientos ochenta y tres pesos 43/100 moneda nacional) equivalente al 10 % diez por ciento del daño y perjuicio causado a la hacienda pública estatal, por las faltas señaladas….”
En uno de los alegatos del ex presidente del ITAIMICH, Ricardo Villagómez Villafuerte, y en el marco de su demanda de amparo de la justicia federal, refiere que el resolutivo de la Auditoría Superior de Michoacán no tenía razón de ser, puesto que tomando en consideración que el procedimiento fiscalizador se realizó en su gestión financiera del 2011, ya han transcurrido más de 4 años que establece el artículo 40 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Michoacán, “para que operara la prescripción”.
Asimismo, en su defensa el abogado Villagómez Villafuerte establecía que resultaba absurdo e inaudito que la Auditoría Superior Michoacán pretendiera sancionarlo y que lo obligara a “reintegrar un recurso que no gasté y utilicé“.
Es decir, ante el argumento de la ASM de que el quejoso no comprobó el gasto, el abogado Ricardo Villagómez alegó que el recurso “nunca se utilizó, de ahí que es imposible comprobar un recurso que no se gastó”.
También, advierte Ricardo Villagómez que nunca se le notificó el inicio del procedimiento administrativo para la determinación de responsabilidades y fincamiento de sanciones que, según la Auditoría Superior de Michoacán, se hizo el 18 de febrero del 2014, pero en un domicilio que no era el suyo…
Cabe recordar que el Instituto para la transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán (ITAIMICH) es hoy el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Dato Personales (IMAIP).