Ya es tipo penal conducir peligrosa o temerariamente
MORELIA, Mich., 17 de mayo de 2018.- Conducir peligrosa o temerariamente ya es un tipo penal porque se incrementa voluntariamente el riesgo de provocar un accidente y ocasionar un homicidio o lesiones culposas, y será incluido en el artículo 137 del Código Penal.
Así lo aprobó la 73 legislatura del Congreso del Estado, al avalar el dictamen de la iniciativa presentada por el diputado Ernesto Núñez Aguilar con el argumento de que la principal causa de muerte e invalidez en personas comprendidas entre los 18 y los 30 años, son los accidentes de tránsito.
En la exposición de motivos de la iniciativa de ley para llevar a cabo esa reforma, se señaló que la cantidad de siniestros que producen no solo perdidas económicas, sino lesiones invalidantes temporales o permanentes , y en determinados casos muerte traen como consecuencias gravísimos efectos en la sociedad en general.
“Aun cuando no se sea víctima directa del hecho de tránsito, los impuestos que nosotros pagamos se van a servicios asistenciales y hospitalarios de personas que resultan afectadas, pero además los casos de orfandad, viudez o enfermedad incapacitante merman la economía familiar de un modo importante”.
La responsabilidad en la conducción de vehículos aumenta cada día más en función del incremento del parque vehicular y del aumento en potencia y velocidad de los automotores, además de que el automóvil ha pasado de ser un símbolo de estatus a una necesidad de la vida moderna.
Esta necesidad viene aparejada de una serie de responsabilidades en la tolerancia o complicidad de las personas conduciendo vehículos, por lo que era necesario ajustar las normas para que la conducción de vehículos sea cada vez con mayores índices de seguridad.