Tras litigio, SSM deberá brindar aparato a menor con síndrome de down
MORELIA, Mich., 25 de abril de 2017.- Tras vivir un proceso para solicitar apoyo para adquirir un equipo que ayudara a su hija que presenta síndrome de down, a tener una mejor calidad de vida, la señora Julieta Denis Quintero obtuvo un recurso a favor de la menor llamada Hanna Aime Quintero de la Puente.
De acuerdo con el doctor en Derecho, Gumesindo García Morelos, quien coordinó el esquema de asesoría a favor de la infante, esta sentencia favorable implica a la directora del Seguro Popular en Michoacán, Diana Celia Carpio Ríos, a actuar, de lo contrario, podría ser destituida y consignada ante un juez federal.
De acuerdo con el documento donde se encuentra detallado el incidente innominado sobre cumplimiento de ejecución, se deberán implementar los mecanismos para asegurar el efectivo disfrute del derecho violado, relativos a la obtención y tratamiento de la quejosa con el Compresor Dinámico FMF.
Además de ello, se deberá procurar la atención de la menor de acuerdo con los lineamientos y elementos que proporcionó, y en su caso complemente de acuerdo con su pericia, el médico calificado para su atención de nombre Carlos García Hernández, entre los que se encuentran la cobertura de la adquisición del compresor, traslados de la menor para su atención y demás gastos que se requieran para el efectivo cumplimiento de la ejecutoria de amparo.
El apoyo logrado
Con este resolutivo la menor podrá contar con un aparato consistente en apoyo para el padecimiento conocido como pectus carinatum (deformidad del tórax en la que el pecho se desplaza hacia delante en forma de quilla de barco) que funciona como un sistema de apoyo aplicado al cuerpo para modificar los aspectos funcionales o estructurales del sistema neuromusculoesquelético para remodelar el tórax y basado en una medición de la elasticidad del tórax, otorgando de manera un tratamiento correctivo o profiláctico relativo a su condición y que repercuta directamente en un bienestar general en su estado de salud.
Aclara el documento que el tratamiento con el compresor dependerá de la elasticidaddel tórax de la menor y del tiempo de uso diario; que aproximadamente será de seis meses y su costo es de casi 5 mil dólares, cuyo costo incluye diseño y construcción del cinturón en Argentina, además de la importación a México, envío y aranceles.
Funcionarios en la mira
Ante lo anterior, el texto señala que las autoridades en cuestión tienen un plazo de tres días hábiles a partir de que se reciba la notificación respectiva, para hacer efectiva la sentencia ejecutoria en cuestión; de no hacerlo, sin causa justificada, se les impondrá de manera individual una multa por el equivalente a 100 días de salario vigente.
Las autoridades a las que se les hará llegar la notificación son el titular de la Secretaría de Salud en Michoacán (SSM), Elías Ibarra Torres; la directora del Seguro Popular en Michoacán, Diana Celia Carpio Ríos; el director general del Hospital Infantil Eva Sámano de López Mateos, y el director del Hospital Civil Doctor Miguel Silva.
Proceso largo
El pasado 9 de diciembre de 2016 se dio a conocer por parte de estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana la obtención de una sentencia de amparo en favor de la menor para que recibiera tratamiento médico que no contempla el Seguro Popular.
De primera instancia el recurso logrado a través de la Clínica de Litigio Estratégico de Derechos Humanos se obligaba a la Secretaría de Salud a brindar los servicios médicos que necesita la niña y que no se encuentra en el catálogo universal del Seguro Popular.
La pequeña de 9 años presenta una protuberancia en el pecho que presiona el corazón contra el pulmón y por el cual vive en constante riesgo de sufrir un infarto, y a pesar de ello, los médicos del Hospital Infantil Eva Sámano de López Mateos se negaron a atenderla.
Es por ello que la madre buscó el apoyo de las instancias correspondientes para lograr asesoría, y esta se logró de manera favorable, por lo que ahora solo queda esperar a que se dé el debido cumplimiento.