Tipifican acoso sexual, se castigará con 2 años de prisión
MORELIA, Mich., 15 de febrero de 2017.- La 73 legislatura aprobó incluir un artículo 169 bis en el Código Penal para incluir el acoso sexual como delito ya que hasta ahora únicamente el hostigamiento se consideraba delito.
También se hizo una adición para que en el caso de que el sujeto activo sea servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el cargo proporciona sea destituido del cargo.
La reforma aprobada establece que se impondrán de seis meses a un año de prisión o de treinta a ciento veinte veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, a quien en beneficio suyo o de un tercero persiga, asedie física o verbalmente a persona de cualquier sexo, con fines sexuales no consentidos a otra persona.
Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, discapacidad o situación, se impondrán de uno a cuatro años de prisión y de cuarenta a ciento ochenta veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
El hostigamiento se da cuando alguien valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier otra clase que implique subordinación, solicite a otra persona de forma reiterada para sí o para un tercero, cualquier tipo de acto de naturaleza sexual.
Las penas para esos delitos van de seis meses a dos años de prisión o de 30 a 120 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, este delito se perseguirá por querella.