SPUM: reforma a Ley Orgánica violenta autonomía; autoridad lo niega

MORELIA, Mich., 26 de marzo de 2025.- El Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM) reiteró que presentarán amparos contra la recién aprobada reforma a la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) este jueves por diversas causales.
Una de ellas es la que reclama la supuesta omisión de realizar una consulta previa contenida en el artículo quinto transitorio del Decreto Legislativo 19, que reforma el artículo 143 de la Constitución de Michoacán, y el artículo 2 segundo párrafo de la Ley General de Educación Superior, que establece que ningún acto legislativo podrá contravenir la autonomía universitaria.
Sin embargo, la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) reiteró que se cumplió con lo mandatado por el Consejo Universitario, única autoridad facultada para legislar dentro de la Universidad, a través de correos electrónicos institucionales, anuncios en las instalaciones y difusión de consulta a través de medios de comunicación.
Asimismo señala que no se violenta la autonomía universitaria al darle al titular del Ejecutivo el proyecto de iniciativa de ley, ya que la universidad como órgano autónomo no tiene la facultad de presentar ninguna iniciativa ante el congreso del estado.
Establece que dicha facultad solamente es para los poderes del estado: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, y por ende los órganos autónomos se deben auxiliar de estos para presentar una iniciativa y que inicie el procedimiento legislativo, que es lo que ocurrió con la reforma a la Ley Orgánica nicolaita.
La Rectoría insiste en que la nueva Ley Orgánica de la Universidad Michoacana no violenta ningún derecho de los trabajadores, y cita el artículo sexto transitorio de la Ley Orgánica de la Benemérita y Centenaria Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo.
Este dice: "En términos de la aprobación del Decreto número 19 todos los derechos y obligaciones de los trabajadores de la Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo, así como jubilaciones y pensiones concedidas con anterioridad al presente decreto, adquiridas por la reforma del año 2020, así como todas las que abonen a los derechos laborales de los trabajadores mencionados, se respetarán en términos de la legislación aplicable al momento de su contratación".
Por ello desestima la serie de amparos que se han anunciado por parte de los sindicatos de Profesores y Empleados, afirmando que las nuevas contrataciones que se realicen a partir de la fecha de entrada en vigor de la nueva ley quedarán sujetas al sistema de pensiones y jubilaciones establecido y que no violenta en ningún momento los contratos colectivos de trabajo.