Solo 5 afiliados de Canirac buscaron amparo contra ley de tabaco
MORELIA, Mich., 5 de marzo de 2024.- Una reducida proporción de restaurantes y similares en el estado se acogió a amparos contra la Ley General para el Control de Productos de Tabaco y Nicotina, emitida por la Federación en 2023, señaló Gerardo Salvador Bustos Pineda, presidente de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) en Michoacán.
En entrevista para Quadratín, detalló que el año pasado, tras la emisión de la norma, de 250 afiliados a la Canirac en Michoacán, sólo cinco mostraron interés en ampararse para evitar la aplicación de los lineamientos que prohíben fumar o consumir productos de tabaco y nicotina en el interior de espacios públicos, con inclusión de restaurantes.
Si bien, la cámara puso a disposición de sus miembros un amparo, reiteró que fueron "muy pocos" los que aceptaron la medida, ya que el grueso de las unidades económicas acató la ley y adoptó las acciones pertinentes.
Asimismo, señaló que, sobre todo negocios calificados como restaurantes bares que tienen su mayor venta en bebidas alcohólicas, antros y bares, buscaron sus propios amparos, sin contar con una cifra específica.
Reconoció que además una proporción no identificada simplemente incumple las normas, tanto la de 2023 como la anterior, que permite la instalación de espacios reservados para fumadores en el interior de los restaurantes y similares, a condición de que estos estén aislados y se garantice la contención del humo.
"No le dimos seguimiento al tema, la gran mayoría de los afiliados sigue la ley, y acogerse al amparo tampoco es tan sencillo, hay que cumplir una serie de requisitos que no son fáciles de lograr", explicó Bustos Pineda.
El Presidente de la Canirac en Michoacán señaló que no se conoce de sanciones impuestas, y la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris) ha privilegiado el diálogo sobre la penalización de los sitios infractores.
Cabe recordar que hasta 2022 la norma permitía el consumo de productos de tabaco y nicotina en áreas separadas de restaurantes y similares, siempre que el negocio tuviera infraestructura suficiente para asegurar que los comensales en áreas para no fumadores no se vieran afectados.
Sin embargo, con la Ley General para el Control de Productos de Tabaco y Nicotina, en la totalidad de los espacios públicos, cerrados y abiertos, así como en sitios de reunión de personas, se prohíbe fumar, inclusive en las inmediaciones de estos negocios o espacios.