Sin regular, jornadas laborales de choferes que transportan combustible
MORELIA, Mich., 13 de abril de 2014.- Ninguna de las últimas 23 reformas al Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) se ha abocado a regular las jornadas de trabajo permitidas ni tiempos de descanso y sueño de los conductores de vehículos no ferroviarios, como pipas, que trasladan materiales peligrosos, a fin de garantizar una operatividad óptima y evitar accidentes.
El reglamento vigente clasifica a los materiales y residuos peligrosos como explosivos, gases comprimidos, licuados o disueltos a presión; líquidos inflamables; sólidos inflamables; oxidantes y peróxidos orgánicos; venenos y agentes infecciosos; radioactivos, corrosivos y otros, cuyo manejo también es reglamentado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y otras instancias de gobierno.
En el marco normativo, que fue expedido en 1993, hace casi un cuarto de siglo, siendo presidente Carlos Salinas, se refiere como obligaciones del conductor: portar licencia federal de conducir, capacitarse permanentemente y llevar a cabo revisiones diarias al vehículo pesado para garantizar que se encuentra en buenas condiciones mecánicas y de operación.
Esta norma considera aspectos como el manejo de los materiales peligrosos durante su movilidad, las responsabilidades de las empresas, un esquema riguroso para el mantenimiento de las máquinas en que son transportadas las sustancias, y exige una documentación y logotipos que deben portar estos vehículos pesados, así como de los protocolos de actuación del conductor en caso de siniestro y para prevenir los mismos.
Sin embargo, las condiciones sobre la vigilancia de las jornadas de sueño y descanso que deben cumplir los conductores que transportan materiales peligrosos, se especifican en el artículo 121 del referido reglamento únicamente para los conductores de arrastre ferroviario y tripulación de trenes: “La empresa ferroviaria debe vigiar que las jornadas de trabajo que no excedan un máximo de 11 horas y que tengan un período mínimo de 12 horas de descanso antes de su llamada a servicio”.
En diferentes partes del país pipas que trasladaban algún material peligroso se han visto involucradas en accidentes trágicos, principalmente choques o volcaduras que han derivado en explosiones con víctimas mortales y daños ambientales, donde, sin que suelan darse a conocer con claridad los informes periciales de la autoridad competente, con frecuencia llega a presumirse exceso de velocidad y cansancio del conductor.