Respetar atribuciones, pide Comité de Administración del Congreso
MORELIA, Mich., 24 de noviembre de 2018.- Para poder desempeñar las funciones que les confiere la ley, los diputados integrantes del Comité de Administración y Control del Congreso del Estado presentaron una iniciativa de reformas a la Ley orgánica y de procedimientos legislativos para precisar y ampliar las atribuciones que tienen.
Yarabi Ávila (PRI), Adriana Gabriela Ceballos (PAN), Ernesto Núñez (PVEM), Erik Juárez (PRD) y Laura Granados (MORENA), como integrantes del Comité de Administración tienen, entre otras atribuciones supervisar y vigilar la administración de los recursos del Congreso; supervisar el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Poder Legislativo y rendir un informe trimestral al Pleno con los estados financieros sobre el ejercicio del presupuesto del Poder Legislativo.
En su exposición de motivos consideran que para dar cumplimiento a esas atribuciones y principalmente para cumplir con la entrega del tercero y cuarto informe trimestral, es necesario incluir en la Ley Orgánica y de Procedimientos, la obligación clara y precisa para la Secretaría de Administración y Finanzas, de entregar en fecha determinada, el informe trimestral sobre el ejercicio del presupuesto del Congreso.
También consideran necesario adicionar la facultad al Comité de Administración y Control para requerir dicha información, a fin de poder entregar el Informe del Comité, en tiempo y forma al Pleno y así dar cumplimiento legal al proceso de Transparencia.
Señalan que, en varias ocasiones han sido turnadas al Comité de Administración y Control, iniciativas o asuntos, en los que se solicita opinión, sobre diferentes materias; sin embargo, el Comité, de acuerdo con lo señalado por el artículo 100 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado, no tiene atribuciones para emitir opiniones aun y cuando sean de su competencia.
De hecho, el Comité tiene en su poder, varios asuntos para Opinión que no se han podido resolver y es por esta razón que se hace necesario otorgar más atribuciones al Comité de Administración y Control, para que así pueda legalmente emitir las opiniones sobre la materia de su competencia.
En su exposición de motivos señalan que el párrafo segundo del artículo 42 de la Constitución del Estado establece que el Congreso expedirá la Ley Orgánica que regulará su estructura y funcionamiento internos y no podrá ser vetada, ni será necesaria la promulgación del Ejecutivo. Esta norma, da al Congreso total autonomía, porque actúa a nombre y en representación del pueblo.
Sin embargo, señalan que el Congreso no puede actuar por la voluntad arbitraria de sus integrantes, sino conforme a la Constitución y obligado a la transparencia de sus actos y de los recursos que el pueblo le ha confiado para su buen funcionamiento, por medio de una norma que debe cumplir.