Recomienda CNDH a Congreso fortalecer gobernabilidad en penales
MORELIA, Mich., 26 de mayo de 2017.- El Congreso del estado recibió la recomendación general de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para que contribuya a autogobierno y cogobierno en los centros de readaptación social David Franco Rodríguez de Charo, Hermanos López Rayón de Zitácuaro y Eduardo Ruiz de Uruapan.
La recomendación también incluye el Francisco J. Múgica de Morelia, el cual fue clausurado a principios de abril, luego de 50 años de operación y los 300 internos que lo habitaban fueron trasladados al Cereso de Mil Cumbres.
De acuerdo con la recomendación general, la cual no es necesario aceptar, pero en caso de acatarla presentar las pruebas de que se corrigió el problema, durante los últimos cinco años en esos centros penitenciarios la gobernabilidad fue debilitada.
El propósito de la recomendación general es visibilizar la necesidad de atender de mejor forma esta problemática ya que el autogobierno y cogobierno trastoca y desnaturaliza el fin de la pena privativa de la libertad, invariablemente.
“Para esta Comisión Nacional la gobernabilidad de los centros de reclusión es un requisito indispensable para la consecución de sus fines, por lo que constituye un requisito ético, jurídico y de protección que recae indefectiblemente sobre las autoridades, quienes con base en sus atribuciones son responsables de la seguridad personal y jurídica de quienes se encuentran privados de la libertad
por lo que deben asumir el ejercicio de regir, manejar, mandar y administrar los establecimientos penitenciarios con disciplina y respeto por los derechos humanos”.
Se considera que solo en un ambiente así se puede tener efectiva seguridad en el interior de los centros de reclusión y garantizar un trato imparcial y justo para todos los que ahí conviven.
En la recomendación se señala que el problema de la ingobernabilidad radica en la falta de acciones tendentes a evitar casos violentos como motines, evasiones, homicidios, riñas y extorsiones, por lo que hacen falta políticas públicas eficaces que prevengan y nulifiquen dichos riesgos ya señalados y documentados por los organismos protectores de derechos humanos a nivel nacional e internacional.
Además, se señala que debe considerarse que el presupuesto otorgado al sistema penitenciario en cada una de las entidades federativas, en la mayoría de los casos es insuficiente e inadecuadamente distribuido debido a que el 56 por ciento es destinado al pago de salarios, un 30 por ciento se destina a materiales y suministros dentro de los que se incluyen los servicios de alimentación, gas, luz, telefonía, y todo lo relacionado con la operación de los centros, y el restante 13 por ciento se distribuye en el resto de los capítulos.
Esto limita las acciones de mantenimiento y equipamiento de la infraestructura penitenciaria de todo el país, violentando como consecuencia el derecho humano de la reinserción social que mandata el artículo 18, párrafo segundo, constitucional, como una obligación del Estado, así como el de ser garante de la seguridad de las personas quetiene a su resguardo.
De lo anterior se desprende la deficiencia en la gobernabilidad de los centros de reclusión, y consecuentemente, la violación a los derechos humanos, como el derecho a la integridad física y moral, a recibir un trato humano y digno, a una tutela judicial efectiva y, por supuesto, a la reinserción social, se indica en el documento.