Proponen eliminar amnistía por tortura y desaparición forzada
MORELIA, Mich., 25 de abril de 2019.- El Congreso del Estado no podrá conceder amnistías o indultos cuando se genere impunidad y se impida la investigación, persecución, captura, enjuiciamiento, sanción y cualquier otra medida para determinar la verdad, justicia y reparación integral.
Tampoco podrá hacerlo por los delitos de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares, tortura, delitos de lesa humanidad y en general aquellos que constituyan graves violaciones a derechos humanos, para lo cual se especificará en el artículo 44 de la Constitución del estado, a propuesta de la diputada Teresa Mora.
Actualmente, con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en una sesión el Congreso del Estado puede conceder amnistías o indultos por delitos que deben conocer o hayan conocido los tribunales del Estado, pero no se especifican las excepciones.
En su exposición de motivos, la legisladora del Partido del Trabajo señala que cualquier medida que implique la materialización de esquemas de impunidad relacionados con delitos de lesa humanidad o que impliquen violaciones graves a los derechos humanos son totalmente contrarias al objeto y fin de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y las obligaciones que de ella se desprenden para los Estado parte.
Conceder el indulto o la amnistía para ese tipo de delitos permitiría la perpetuación de esquemas de impunidad que no permiten a las víctimas y sus familiares gozar de los derechos inderogables al acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral.
Además, impide que el Estado en parte cumpla con obligaciones que para él se desprenden del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, consistentes en investigar, perseguir, identificar, enjuiciar y sancionar a los responsables de graves violaciones a derechos humanos, indicó la legisladora.