Prisión, a deudores alimentarios que simulen insolvencia
MORELIA, Mich., 16 de enero de 2020.- La insolvencia simulada de los deudores alimentarios ya es castigada en Michoacán con penas de uno a tres años de prisión o de cuatrocientos a setecientos días multa y pago de las cantidades no suministradas oportunamente.
La sanción alcanza a los patrones públicos o privados que oculten información sobre los ingresos reales de los trabajadores con responsabilidades alimentarias, de acuerdo con una reforma al artículo 182 del Código Penal que aprobó el Congreso del Estado aprobó a fines de 2019.
La propuesta de esa reforma fue presentada por la diputada del Partido Verde Ecologista de México Lucila Martínez por considerar que es una práctica común de los padres o tutores ocultar los ingresos reales o bienes para evadir la responsabilidad de la manutención.
En algunos casos son apoyados por sus empleadores que reportan ingresos inferiores a los que realmente se tienen, en otros optan por renunciar a su empleo o solicitan licencia sin goce de sueldo con tal de no cumplir con la obligación que tienen con sus descendientes o ascendentes.
La legisladora consideró que la naturaleza jurídica de los alimentos, no es una concesión graciosa, ni una atribución voluntaria, sino que la obligatoriedad en muchos de los casos se finca en base al interés superior del niño y a la situación de vulnerabilidad de la persona menos favorecida económicamente por lo que no pueden ser objeto de negociación o simulación.