Primero de septiembre, fecha límite para designar alcalde de Buenavista
MORELIA, Mich., 26 de julio de 2018.- El Congreso del Estado deberá designar, antes del primero de septiembre, al presidente municipal de Buenavista Tomatlán, luego de que el alcalde electo, Eliseo Delgado Sánchez, fue asesinado a balazos el 21 de julio.
De acuerdo con la fracción 20 del artículo 44 de la Constitución Política del Estado, entre las facultades del Congreso está la de designar a las personas que han de integrar los ayuntamientos o los concejos municipales, en su caso, cuando falte definitivamente alguna de ellas, por cualquier causa, y no sea posible que los suplentes electos entren en funciones.
El único antecedente que hay en la entidad, aunque por un motivo diferente, data de 2007, cuando el presidente municipal electo de Maravatío fue declarado inelegible y el Congreso designó a quien tomó posesión el primero de enero de 2008, solo tres días antes.
Según consta en el Diario de Debates del 28 de diciembre de 2007, las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales presentaron el dictamen para la designación del presidente municipal con base en los artículos 112 y 114 de la Constitución Política del Estado, así como 14 y 18 de la Ley Orgánica Municipal en las que se establecen la integración de los ayuntamientos y la fecha en que deben instalarse.
Sin embargo, a la fecha, el Instituto Electoral de Michoacán y Morena no han notificado oficialmente al Poder Legislativo de la ausencia definitiva del edil electo para iniciar el procedimiento de designación de quien será el presidente municipal de Buenavista Tomatlán para el periodo 2018-2021 .