Prescrito, delito de enriquecimiento ilícito por presa J. Múgica
MORELIA, Mich., 25 de mayo de 2020.- El enriquecimiento ilícito derivado de la construcción de la presa Francisco J. Múgica del que pudieron gozar algunos funcionarios de las administraciones estatales encabezadas por Lázaro Cárdenas Batel y Leonel Godoy Rangel ya prescribió y no será investigado, al menos en Michoacán.
Pese a todos los señalamientos que ha habido desde 2012 a la fecha no existe una denuncia formal del Gobierno del Estado y aunque el Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) retomó el caso a fines de 2019 a propósito de una investigación iniciada en el principado de Andorra por lavado de dinero y presentó denuncia en contra de quien fuera el gerente de la obra.
Sin embargo, la Fiscalía Especializada en Anticorrupción notificó al CPC el pasado 21 de mayo el acuerdo de no ejercer acción penal en contra de funcionario por enriquecimiento ilícito cometido en agravio del servicio público y Gobierno del Estado.
En esa Fiscalía se abrió el expediente MOR/053/37907/2019 con base en la denuncia presentada por Juan José Tena, Víctor Hugo Vieyra, Rosmi Berenice Bonilla, Elizabeth Vázquez y Elvia Higuera, integrante del CPC, por la comisión y participación de hechos que pueden ser constitutivos de delito en agravio del gobierno del estado y de la sociedad
Ellos documentaron que el gerente del proyecto Hidroagrícola de Michoacán para la construcción y puesta en marcha de la presa Francisco J. Múgica, obra que se adjudicó a la Constructora Norberto Odebrecht SA, empresa vinculada junto con varias empresas filiales a hechos de corrupción y pago de sobornos a funcionarios públicos de gobiernos en México y varios de América Latina, recibió transferencias de esa empresa.
Ese funcionario contrató la apertura de una cuenta ante la Banca Privada de Andorra, SA, el 30 de abril de 2008 bajo el número de cuenta AD6600060008211200316745, la cual fue relacionada con el blanqueo de capitales por el principado de Andorra bajo el nombre de operación Pernambuco.
En su notificación, la Fiscalía Anticorrupción deja en claro que no se hizo investigación alguna de fondo ya que no se cuenta con denuncia del Gobierno del Estado y los integrantes del CPC no son parte dentro del proceso al no recaer directamente sobre ellos la afectación del delito.
Además, justifica que operó la prescripción de la acción penal, término que es igual al medio aritmético de la sanción privativa de la libertad, pero en ningún caso es menor a tres años.
Cabe señalar que prescripción de un delito inhibe una nueva investigación.