Inhabilitación de ASM no implica veto para ser candidato: IEM e INE
MORELIA, Mich., 19 de abril de 2018.- La inhabilitación en carácter de ex servidor público no implica un veto para ser candidato a algún cargo de elección popular, coincidieron el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral de Michoacán (IEM).
De un total de 58 ex servidores públicos inhabilitados entre 2016 y 2017 por la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) se identifica a cinco en contienda electoral: tres de ellos precandidatos, dos de la coalición Morena y Partido del Trabajo (PT), uno del PRI y dos candidatos del tricolor que ya se encuentran en campaña.
En entrevista con Quadratín, el consejero electoral del IEM Humberto Urquiza Martínez, comentó que el alcance de la inhabilitación de los ex servidores públicos para efectos de su postulación como candidatos, todavía está en estudio, debido a que, si hay elementos de sujeción a revisión de un tribunal o un juez, se impone la presunción de inocencia.
“Está la presunción de inocencia, el debido proceso y esos derechos humanos de la persona que impugna y que aparentemente está inhabilitada, y que tenemos que respetarlo; si es el caso de algunos de quienes se han señalado, no tiene efecto todavía, habrá que esperar a ver qué es lo que dice el tribunal”, comentó.
Comentó que el IEM analiza el alcance que puede tener cada inhabilitación en términos de si está sujeta a revisión de un tribunal o un juez administrativo o de amparo, y dependiendo del sentido de las resoluciones se determinaría su efecto a la hora de postulaciones.
Inhabilitación no invalida candidaturas: INE
Sobre el tema, el vocal ejecutivo de la Junta Local del INE, David Alejandro Delgado Arroyo, aclaró que a la institución no le fue turnada ninguna lista de ex servidores públicos inhabilitados porque no es un requisito para invalidar una candidatura.
Sin embargo, explicó que la postulación, el proceso de campaña y un eventual triunfo de un candidato inhabilitado, ante una resolución definitiva podría tener efectos en el acto de elegibilidad, lo que significaría que aun cuando gane se ponderará su estatus y si se determina que no puede ocupar cargos públicos se declara inelegible y en su lugar entraría el sustituto.