Gastar más de lo que ganas generaría problemas con autoridad fiscal
MORELIA, Mich., 18 de febrero de 2020.- Gastar más de lo que percibes o prestar tu tarjeta de crédito podría traerte problemas con la autoridad fiscal por caer en discrepancia fiscal, advirtió el Colegio de Contadores de Michoacán.
Juan Ignacio Oros Guerrero, presidente de este organismo, señaló que si bien, el uso del dinero plástico siempre ha sido fiscalizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a partir de este año se le ha dará mucho más énfasis.
“Lo que nosotros recomendamos al contribuyente es que sea organizado, que utilice de manera responsable su tarjeta, que no preste a terceros su tarjeta de crédito, que sea para gastos ex profesos personales o de su empresa”, aconsejó.
El especialista explicó que el uso de la tarjeta de crédito es considerado por la autoridad fiscal como un préstamo recibido por el banco, por lo que a la hora de realizar su declaración anual, una persona física deberá de manifestarlo.
“Existe un apartado dentro de los datos informativos de su declaración donde viene un renglón que dice préstamos obtenidos. Se aconseja que lleve un registro de la disposición de dinero de su tarjeta para que en ese renglón de su declaración anual manifieste cuánto solicitó de préstamos durante el año de su tarjeta de crédito y no se le genere lo que en la práctica se llama discrepancia fiscal”, alertó.
Si estás en este supuesto, el contador público certificado recomendó acercarse con un profesionista para recibir asesoría adecuada sobre la forma correcta de cumplir con estas obligaciones y a tener un mejor uso y manejo de la tarjeta de crédito.
Recordó que en noviembre del año pasado la autoridad fiscal anunció la generación de facturas instantáneas al momento de realizar compras con alguna tarjeta bancaria, si el usuario así lo solicita. Sin embargo, Oros Guerrero dijo que el esquema aún no ha podido echarse a andar por cuestiones de tecnología.
“Pensaríamos que al pagar con la tarjeta ya estamos fiscalizados, pero no, siempre lo hemos estado, el detalle es que ahora el SAT lo anunció como una facilidad para que no estés pidiendo después tu factura, sino que en el momento se te expida”, apuntó.
Agregó que para los contribuyentes que están bajo el régimen de sueldos y salarios, para los que no es necesario solicitar comprobantes porque prácticamente no pueden deducir impuestos, no tienen que pedir un comprobante fiscal, tan solo el vale del pago realizado.
Cuestionado sobre las transferencias bancarias, el especialista aconsejó a los contribuyentes tener el soporte documental que avale el motivo del pago.