Estos son los trámites que debe realizar cuando muere un ser querido
MORELIA, Mich., 22 de abril del 2017.- Los trámites para quienes pierden un ser querido y buscan darle sepultura precisan del certificado médico de defunción del hospital donde falleció, o del médico legista del Ministerio Público. En caso de muerte violenta, la orden de inhumación o cremación del Registro Civil de Estado.
El procedimiento implica un tiempo aproximado de un día, por la movilidad que hay que gastar de ir a una y otra dependencia, y no por que sea un trámite burocrático tardado o costoso, toda vez que son gratuitos y se expiden de manera inmediata.
Las instituciones encargadas de expedir el certificado médico de defunción son la Secretaría de Salud, la Procuraduría General de Justicia a través del Servicio Médico Forense, y las parteras que se encuentran en las comunidades más alejadas, que cuentan con capacitación institucional para hacerlo, de acuerdo con declaración de Hugo Gama Coria, director del Registro Civil de Michoacán.
Los pasos son los siguientes:
- Pedir el certificado médico de defunción (en el que se especifica causa de muerte y que ha quedado debidamente identificado).
- Acudir ante el Registro Civil más cercano por la orden de inhumación o cremación con las actas de nacimiento e identificación oficial del difunto y su familiar (esto sirve para acreditar el parentesco).
- La funeraria entrega la orden a la administración del panteón correspondiente.
- Para el registro de defunción, se cuenta hasta con seis meses a partir del día del fallecimiento.
El registro del fallecimiento tiene un costo de 27 pesos y el registro certificado del acta de defunción, de 116 pesos, informó a Quadratín Hugo Gama Coria, director del Registro Civil de Michoacán.
Actualmente, los michoacanos son más constantes y conscientes de las necesidades de dar cumplimiento a los tramites que precisan para el entierro de un familiar, en cambio es más común que se les pase el tiempo de registro de defunción, aseveró Gama Coria.
En caso de que se hayan cumplido los seis meses, dijo el funcionario estatal, es necesario proceder a abrir un juicio ante el juzgado familiar, civil o mixto, según sea la región de la entidad en la que se registró el deceso.
El procedimiento no influye únicamente en la inhumación del familiar, también es determinante cuando hay herencias de por medio y cobro de seguros de vida o beneficios que reciben las víctimas indirectas por parte de algunas cajas de ahorro o sindicatos.