Diputados, entre lucirse en internet y negarse a sesiones virtuales
MORELIA, Mich., 6 de abril de 2020.- Incluir en la Ley Orgánica y de Procedimientos Legislativos del Congreso del Estado el concepto de las sesiones virtuales se polarizó y ha dividido la opinión de los legisladores entre los que quieren lucirse en internet y los que las consideran innecesarias.
Sólo hay dos propuestas, la del presidente de la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias, Octavio Ocampo y la de uno de los integrantes de esa Comisión, Alfredo Ramírez, el otro, José Antonio Salas, sencillamente no presentó propuesta porque no está de acuerdo con esa figura y, aunque las diferencias parecen mínimas, son fundamentales.
Las diferencias fundamentales son dos, la primera es que Ocampo plantea que las actas de las sesiones virtuales se redacten de manera personal, mientras que la de Ramírez precisa que debe se debe firmar con firma electrónica avanzada.
La segunda diferencia es que Ramírez propone ya el formato bajo el que se trabajaría en ese tipo de sesiones, mientras que Ocampo delega a la Junta de Coordinación Política la logística, mediante un acuerdo con el que declararía un periodo de sesiones virtuales.
Entre otras de las aportaciones del morenista Ramírez está también el formato para que las reuniones de comisiones y comités tengan validez legal y llevar un registro, así como un archivo tanto físico como digital de ese tipo de sesiones.
Plantea también el uso de una plataforma comercial o la creación de una propia, así como la capacitación, en grupos de cinco, de los legisladores para que puedan utilizarla.
“Un sistema que permita la realización de reuniones de pleno, comisiones y comités, de las y los diputados y de grupos de trabajo de sus asesores, para sesionar de forma remota, respetando lo establecido en la Constitución Política del estado y la Ley Orgánica y de Procedimientos en cuanto a los principios de publicidad, intervenciones, tiempos, votaciones y validez de las mismas, garantizando de igual manera la plena participación de las y los diputados”, todo ello en un plazo no mayor a 15 días a partir de la aprobación del decreto correspondiente.