Devolverán al TJAM atribuciones para resolver asuntos de ASM
MORELIA, Mich., 29 de agosto de 2017.- Para devolver al Tribunal de Justicia Administrativa de Michoacán (TJAM) la competencia para resolver y sancionar los asuntos que observe la Auditoría Superior de Michoacán (ASM), el Congreso del Estado retomará una iniciativa de Ley presentada hace un año, pero que a la fecha no ha sido dictaminada.
Ante la advertencia de la magistrada presidenta del TJAM, Griselda Lagunas Vázquez, de que el Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) no funcionará porque al Tribunal se le quitó esa competencia, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, Pascual Sigala Páez, ordenó a la mesa técnica una revisión de los ordenamientos y se acordó impulsar ese iniciativa presentada por la diputada Belinda Iturbide Díaz.
Fue en septiembre del 2016 cuando la legisladora del Partido de la Revolución Democrática propuso la armonización del artículo 95 Constitucional con las leyes federales y devolverle esa competencia que le fue retirada en 2011.
La controversia entre el Congreso y el TJAM mostró que a pesar de la mesa técnica y del grupo plural que se formó para revisar todas las iniciativas presentadas para crear reformas las leyes que dan sustento al Sistema Estatal Anticorrupción el trabajo no fue exhaustivo.
Ahora, la salida es dictaminar esa iniciativa, presentarla al pleno y aprobarla para devolver al TJAM las atribuciones que originalmente tenía, lo cual se hará al inicio del tercer año legislativo, porque las leyes básicas del SEA ya están en vigor y cualquier asunto que reciba el Tribunal no podrá ser atendido.
La propuesta de la diputada Iturbide Díaz es que se modifique el artículo 95 para que diga: “El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, tendrá competencia para dirimir y resolver, las controversias que se susciten por actos u omisiones de naturaleza administrativa o fiscal entre el Poder Ejecutivo, la Auditoría Superior de Michoacán, los ayuntamientos, los organismos autónomos, las entidades u organismos descentralizados o desconcentrados, estatales o municipales y los particulares.