Amparan al CPC ante omisiones del secretario técnico del SEA
MORELIA, Mich., 19 de noviembre de 2018.- La destitución de Ernesto Ramírez Ochoa como secretario técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) no se incluyó en la orden del día de la cuarta sesión ordinaria del Comité Coordinador, pese a que el Comité de Participación Ciudadana (CPC) ya obtuvo un amparo de la justicia federal por las omisiones en que ha incurrido el servidor público.
El presidente del CPC, Rafael Villaseñor, informó que el asunto no se incluyó en la orden del día porque en atención a la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos se debe garantizar su derecho de audiencia y, en su caso, designar testigos de cargo y descargo de las observaciones que haría el Órgano de Gobierno.
En entrevista, señaló que desde la semana pasada en todas las direcciones jurídicas de los órganos que conforman el Comité Coordinador y Órgano de Gobierno del SEA se encuentra el expediente de las inconsistencias que ha tenido el servidor público desde el pasado mes de febrero en que fue designado para ocupar el cargo a la fecha.
“Depende mucho de la voluntad de los otros órganos de control de que no dejen a la presidencia del CPC sola en este acto, que pudiera luego parecer o que nos quisieran señalar que es un tema de la presidencia con el secretario técnico, sino realmente que la decisión sea conjunta y como tal aporten todos los elementos y apoyos técnicos con sus direcciones jurídicas para realizar el procedimiento”.
Villaseñor dio a conocer que todos los integrantes del Comité Coordinador ya están enterados oficialmente de la sentencia del juicio de amparo 630/2018, que se lleva en el juzgado noveno de distrito, en la que se sobresee una parte porque durante el desahogo de pruebas se cumplió con algunas de las obligaciones que se habían omitido, pero otras no y el amparo fue concedido.
Son cinco las peticiones de información sobre acciones que Ramírez Ochoa debió realizar y que no pudo demostrar que las hizo antes ni durante el juicio y aunque la sentencia puede ser recurrida por el secretario técnico no sería un buen mensaje del SEA tener que litigar el cumplimiento de las obligaciones del servidor público, indicó el presidente del CPC.