De 4 a 7 años de cárcel a quien se beneficie de trabajo infantil
MORELIA, Mich., 21 de mayo de 2020.- El trabajo infantil sería considerado como violencia y quien obtenga algún beneficio económico sería sancionado con prisión de cuatro a siete años y de mil a 3 mil días multa, a propuesta de la diputada Yarabi Ávila, presentada al pleno de la 74 Legislatura del Congreso del Estado.
Hasta ahora, en ninguna ley se sanciona la explotación infantil, pero de prosperar la propuesta se modificaría la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: se criminalizará la explotación infantil, al definir como violencia cualquier forma de trabajo infantil o permitir que éstos realicen sobre vías de circulación vehicular cualquier actividad por la que se pretenda obtener un ingreso económico.
El planteamiento incluye la protección de las personas con discapacidad física o mental o mayores de 60 años, por lo que las mismas sanciones se aplicarían a quienes los pongan a trabajar en las calles, avenidas, espacios públicos, recintos privados o cualquier vía de circulación.
Al infractor también se le condenará al pago de la retribución omitida o despojada, la cual deberá fijarse con base en la naturaleza y condiciones de las actividades laborales desarrolladas por su víctima, pero en ningún caso podrá ser menor al salario mínimo general vigente.
Las penas de prisión y multa se incrementarán hasta dos terceras partes cuando la conducta se realice respecto de dos o más sujetos pasivos, cuando se emplee la violencia física o moral, o cuando cometan el delito conjuntamente tres o más personas.
Cuando el responsable tenga parentesco, conviva o habite ocasional o permanentemente en el mismo espacio o domicilio con la víctima, o se trate de tutor o curador, se le impondrán las mismas sanciones y, además perderá la patria potestad y cualquier derecho que pudiese tener sobre la víctima. Asimismo, la autoridad judicial que conozca del asunto pondrá a éste a disposición y cuidado de la autoridad correspondiente en la materia.