De 10 meses, peregrinar de matrimonio igualitario para registrar a hijo
MORELIA, Mich., 14 de septiembre de 2018.- Después de un peregrinar de diez meses por cuestiones legales, fue registrado un infante, producto de un matrimonio igualitario. Este es el primer registro del que se tenga memoria en el país vía medida cautelar.
Este viernes, el matrimonio formado en el 2011 por Karla Árciga y Romina López, acudió a las oficinas del Registro Civil ubicadas en la calle 20 de Noviembre en el Centro Histórico. Ahí, finalmente después de meses pudieron registrar a su hijo Iker, de 11 meses de edad.
Todo el conflicto inició hace diez meses, cuando Iker tenía un mes de nacido. En ese entonces quisieron registrar a su segundo hijo, porque tienen ya una niña que se registró en la Ciudad de México, donde no existe este conflicto.
No pudieron. El Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo, en su artículo 334, señala al texto: "Cuando se trate de matrimonio heterosexual, se presumen hijos de los cónyuges:
I. Los hijos nacidos después de ciento ochenta días contados desde la celebración del matrimonio; y,
II. Los hijos nacidos dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del matrimonio, ya provenga esta de nulidad del contrato, de divorcio o de muerte del marido. En los dos primeros casos el término se contará desde que de hecho quedaron separados los cónyuges por orden judicial".
Para Karla Árciga, este artículo del código familiar es completamente discriminatorio, está hablando directamente de una categoría y quitando los derechos, a pesar de que el mismo código estipula que pueden recurrir a técnicas de reproducción asistida como matrimonio para poder tener hijos.
Explicó que en el mismo Registro Civil de Michoacán les dijeron que mejor acudieran a Ciudad de México a registrar a su hijo, porque así suelen hacer otras parejas, no solo de Michoacán, sino de otros estados. Sin embargo ellas decidieron fincar un presedente para que en Michoacán ya puedan realizarse registro de hijos de matrimonios igualitarios. En eso se han llevado diez meses.
En medio de todos los trámites y papeleos, también se dieron situaciones; tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, llegaron a la conclusión de que el artículo 334 es discriminatorio, algo que empezó a abrir la puerta al matrimonio.
Finalmente este jueves promovieron una demanda de amparo, la cual fue resuelta de manera expedita, cuando un juez federal, Armando Díaz López, Juez Séptimo de Distrito, en menos de 24 horas de realizar dicha demanda, resolvió a su favor otorgándoles una Medida cautelar bajo la figura de maternidad dual.
Es importante señalar que sin el registro, un menor no tiene acta de nacimiento, lo cual le impide tener derecho a los beneficios que la ley otorga por ser mexicano, entre ellos uno fundamental, la salud pública.