Avalan solo 3 alcaldías reforma que garantizaría presupuesto de UMSNH

MORELIA, Mich., 3 de julio de 2018.- La reforma constitucional para garantizar que el presupuesto de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo no disminuya fue avalada únicamente por los ayuntamientos de Ario de Rosales, La Piedad y Nuevo Parangaricutiro.
En contra de esa reforma contestaron los ayuntamientos de Tzintzuntzan, Jacona, Queréndaro, Santiago Tangamandapio, Morelia y el Concejo Mayor de Cherán, sin argumentar el motivo de su negativa.
Cabe recordar que hubo una campaña de algunas organizaciones nicolaitas que exhortaron a los ayuntamientos a manifestarse en sentido negativo, o al menos hicieran la observación de que en la redacción del texto de la reforma se excluyó el término que la Universidad Michoacana es un organismo público descentralizado, lo cual fue interpretado como un paso hacia la privatización de la educación superior.
La convocatoria no tuvo respuesta de parte de los ayuntamientos que una vez más se abstuvieron de legitimar las reformas constitucionales planteadas por el Poder Legislativo, aunque se aplica la afirmativa ficta después de 30 días de haber sido notificados, plazo que concluyó el pasado 26 de mayo.
De esa forma el pleno de la 73 legislatura hará el cuatro de julio la declaratoria de la reforma constitucional en su artículo 164, fracción cuarta para reconocer a la Benemérita y Centenaria Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo como una institución de servicio, con personalidad jurídica y patrimonio propio; dedicada a la educación media-superior y superior, en sus diversos niveles y modalidades, la investigación científica, la difusión de la cultura y la extensión universitaria.
Se establece también en sus artículos transitorios, que en caso de que la máxima casa de estudios reduzca su matrícula de alumnos, esta será una variable para realizar un ajuste presupuestal y que en caso de que su presupuesto sea disminuido por participaciones federal o por algún otro concepto se realice un ejercicio ponderativo del monto equivalente proporcional al asignado al año inmediato anterior.