Aprueban reducir multas a quienes violen Ley que protege a no fumadores
MORELIA, Mich., 22 de marzo de 2018.- El Congreso del Estado aprobó una reducción en los montos de las multas a los dueños de establecimientos quienes violenten la Ley de Protección de los No Fumadores y autoriza a contar con áreas para fumar, pero aumenta la pena para los fumadores.
Por mayoría de los diputados presentes en la sesión ordinaria de este jueves se hicieron modificaciones a la ley para establecer sanciones de diez hasta 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), a quien incumpla con el manual de señalamientos y avisos para prevenir el consumo de productos de tabaco que emita la Secretaría en los términos de esta Ley y su Reglamento que no existía en la ley.
Se establece también una multa de 100 hasta mil Unidades de Medida y Actualización, cuando se encuentren evidencias al incumplimiento del artículo 14, referente a los espacios libres de humo, cuando en la ley vigente se establece de 70 hasta 100 veces el salario mínimo general.
Una adición fue para establecer multas de mil hasta 4 mil UMA a quien incumpla las especificaciones técnicas de las zonas exclusivas para fumar.
Se redujo la sanción de mil hasta 5 mil UMA a quienes siendo propietarios, administradores o responsables de un espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco, permitan el consumo o tener encendido cualquier producto del mismo, cuando actualmente es de 2 mil hasta 4 mil UMA.
Se mantuvo la duplicidad de las sanciones económicas para los reincidentes.
Cabe señalar que la iniciativa a dictaminar era para prohibir el consumo de cigarros en lugares públicos donde haya niños, como los parques.