Advierten sobre multas por impago de aguinaldos
MORELIA, Mich., 10 de diciembre de 2019.- De no cumplir el pago del aguinaldo en tiempo y forma, las instituciones y empresas podrían ser acreedoras a una multa que iría de los 50 a los 5 mil umas, indicó a Quadratín David Garibay, titular de la Dirección del Trabajo y Previsión Social.
Como lo establece la Ley Federal del Trabajo, todos los patrones tienen hasta el 20 de diciembre para el pago del aguinaldo correspondiente al año 2019, explicó el servidor público, quien dijo que este pago debe ser de por lo menos 15 días.
"Es una quincena si los trabajadores laboraron durante todo el año, pero además es importante recordarle a los patrones y a los trabajadores, que si laboraron más de un mes tienen derecho al aguinaldo proporcional, porque luego algunos patrones desconocen la ley o el propio trabajador también y piensan que si no trabajaron todo el año completo no tienen derecho a esta prestación; no es así", explicó el director a este medio.
Si no se cumple con esta prestación, dijo, los afectados pueden acudir a la Dirección del Trabajo y Previsión Social, ubicada en Miguel Silva número 486, o entrar a la fanpage en Facebook, ahí también se puede asesorar, aseguró, e informó que trabajarán durante todas las vacaciones.
Ya se enviaron más de 600 cartas invitación a diferentes negocios en Uruapan, Lázaro Cárdenas y Morelia, entre otros lugares, manifestó David Garibay, y en esas cartas se les recuerda a los patrones que tienen hasta el 20 de diciembre para pagar esta prestación.
Hay muchos trabajadores que acuden para explicar que el patrón les dice que no tiene dinero o que no le ha ido muy bien, pero esto no es una cuestión que esté a discusión, dijo, se debe de pagar. De no hacerlo en la fecha límite, se puede presentar una queja y las empresas pueden hacerse acreedores a una sanción que va de 50 a 5000 umas (unidades de medida y actualización) por cada trabajador.
En el caso de que sean trabajos determinados como la contratación de un servicio como un jardinero o un plomero, ahí no se paga la prestación, dejó en claro el funcionario, quién reiteró que el mínimo a recibir por esta prestación corresponde a 15 días laborales, "pero hay patrones que en reconocimiento a sus trabajadores pueden dar hasta 20 días o más, pero como mínimo se establecen 15 días", reiteró.