TEEM, incompetente para resolver juicio sobre iniciativa ciudadana
MORELIA, Mich., 16 de julio de 2021.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) se declaró incompetente para conocer y resolver un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales, ante la omisión legislativa para dar trámite a una iniciativa ciudadana.
Los magistrados José René Olivos y Salvador Alejandro Pérez, votaron a favor del proyecto de sentencia presentado por Yurisha Andrade, y en contra Yolanda Camacho, quien consideró que el derecho ciudadano de presentar iniciativas se encuadra en el derecho político-electoral como una forma de iniciativa ciudadana.
Los ciudadanos, indicó, tienen derecho a controvertir la omisión de los órganos legislativos de dictaminar proyectos de iniciativa ciudadana y, en su concepto, la presunta omisión de los órganos legislativos de notificar y dar una respuesta a la iniciativa de reforma planteada por los actores no puede circunscribirse al derecho parlamentario y por tanto debe ser analizada en el fondo del asunto del juicio ciudadano, razón por la que votó en contra.
La propuesta de Andrade sobre el TEEM-JDC-294/2021, promovido por Carlos Escobedo y otros, fue la desechar la demanda por considerar que los actos reclamados escapan del ámbito competencial del Tribunal.
“Este Tribunal advierte que no está en posibilidad de conocer y estudiar los agravios expuestos por los actores, en virtud de que la controversia no corresponde a la materia electoral, sino a un procedimiento legislativo interno derivado de la iniciativa de reforma que presentaron al Congreso del Estado, pues tales actos no vulneran o impactan en el ámbito de los derechos político-electorales.
“De ahí que, tales cuestiones no pueden ser objeto de estudio a través del juicio ciudadano ni de algún otro medio de defensa previsto para la materia electoral y por tratarse de actos que inciden únicamente en la organización interna del Congreso del Estado; al relacionarse con el proceso legislativo derivado de la iniciativa presentada por los Actores”.
Al hacer uso de su derecho a la iniciativa ciudadana, Carlos Escobedo, Carlos Iván Martínez, Claudia Oropeza y una docena más de abogados propusieron adicionar un párrafo al artículo octavo de la Constitución Política del estado que diría lo siguiente:
“Todo acto de autoridad que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones es público, con independencia del espacio físico en que se lleve a cabo. En consecuencia, todas las personas tienen el derecho de documentar el actuar o la omisión de las autoridades por cualquier medio disponible en todo lugar y momento. La ley reglamentaria reglamentará el ejercicio de este derecho”.