Sin materia, amparo promovido por edil de LC sobre facultades del Auditor
MORELIA, Mich., 17 de marzo de 2023.- Sin materia fue declarado por el juez primero de distrito en el estado, Sergio Santamaría, el juicio de amparo 270/2023, promovido por la presidente de Lázaro Cárdenas, María Itzé Camacho, en contra del Congreso del Estado por ser omiso en pronunciarse sobre las facultades del auditor superior Miguel Ángel Aguirre.
La alcaldesa del partido Morena acudió al Poder Judicial de la Federación para pedir que ordenara al Congreso del Estado contestar su solicitud de pronunciarse sobre las facultades del órgano técnico de fiscalización, como lo solicitó desde octubre de 2021, ya que, de acuerdo con declaraciones que ha hecho, el Auditor actúa fuera de la normatividad.
La representante legal del Congreso del Estado, Julieta García, reconoció la omisión, así como la presidente de la Comisión Inspectora, Guillermina García y a destiempo, pero rindieron un informe ante la autoridad federal el pasado 10 de marzo, razón por la que el incidente se declaró sin materia.
La pretensión de la también coordinadora de alcaldes de la llamada cuarta transformación era establecer que el Auditor actuó al margen de la ley al ordenar la fiscalización de recursos federales en los ayuntamientos, pues carece de facultades para ello, lo cual, desde su punto de vista es una falta administrativa grave, suficiente para destituir al Auditor Superior.
Sin embargo, hay tesis en el sentido de que las auditorías estatales sí tienen facultades para revisar los recursos de origen federal que ejerzan los municipios, lo que origina un régimen de fiscalización concurrente.
“Estimar lo contrario, esto es, que las Legislaturas Estatales no están facultadas para fiscalizar las cuentas públicas municipales en lo que respecta al ejercicio de fondos de origen federal, obligaría a la Auditoría Superior de la Federación a revisar todas y cada una de las cuentas públicas municipales, lo cual excede de sus posibilidades.
“Además, de considerar que sólo la Auditoría Superior de la Federación puede ejercer la mencionada facultad tendría que concluirse, por identidad de razones, que las Auditorías Superiores Locales sólo pueden fiscalizar los fondos municipales provenientes de las haciendas estatales y los que son generados por los propios municipios, lo que implicaría dejar sin revisión los recursos que no provengan de tales orígenes, siendo que también deben ser objeto de fiscalización”, se indica en la tesis XXX.VI/2005.