Se vuelve costumbre en exmagistrados recurrir a juicio de amparo
MORELIA, Mich., 2 de febrero de 2022.- Una insana costumbre se está volviendo entre los exmagistrados del Tribunal de Justicia Administrativa de Michoacán (TJAM) el irse a juicio de amparo cuando, por renuncia o fallecimiento del titular, son nombrados por el Congreso del Estado para completar un periodo.
Así lo han hecho en los últimos años, los exmagistrados Consuelo Muro Urista, Arturo Bucio Ibarra y Griselda Lagunas Vázquez y, en el mismo escenario estaría el magistrado Hugo Alberto Gama Coria porque, aún cuando tienen la posibilidad de ser reelectos por dos periodos, el primero es de menor tiempo.
Consultado al respecto, el presidente del Tribunal, Jesús Sierra Arias, dijo ser respetuoso del derecho que tienen a inconformarse los ex magistrados ante la decisión del Poder Legislativo de no reelegirlos para un periodo adicional, así como de las decisiones del Congreso del Estado al que corresponde enfrentar los juicios de amparo.
Sin embargo, explicó que el procedimiento que sigue el Congreso del Estado está establecido en la Constitución Política del Estado en la que dice que pueden ser ejercer como magistrados hasta por 15 años, divididos en tres periodos de cinco años cada uno y hay magistrados que son elegidos para un primer periodo de cinco años y puede ser reelecto dos periodos más hasta completar los 15 años.
Hay también magistrados que fueron designados para completar un período ya iniciado, ya sea porque el titular renuncia o fallece y el período quedó inconcluso y cuando se emite la convocatoria se especifica que es el tiempo que falta para completar el periodo y también tienen la posibilidad de ser reelectos dos periodos más.
En su opinión, los diputados no pueden dejar inconcluso un período para el que se emitió un decreto porque al alterarlo estarían violando la Constitución e incurrirían en alguna responsabilidad, pero los ex magistrados están en su derecho de impugnar la decisión de los legisladores.
Tampoco es tan fácil pensar en una reforma constitucional para que, se dé un borrón y cuenta nueva en los períodos de las magistraturas y cada que se designe a un nuevo magistrado sea por un primer período de cinco años, con la posibilidad de dos más, siempre y cuando su desempeño profesional y ético sea patente, indicó el magistrado.
Como ejemplo dijo que, en el caso del Gobernador, cuando llega a faltar en los primeros dos años de gobierno se nombra a uno interino y se convoca a elecciones para que un sustituto concluya el periodo, no para iniciar uno nuevo o, cuando la falta ocurra en los cuatro últimos años del periodo el Congreso designa a uno, sólo para concluir el periodo.