¿Sabe por qué sancionó el INE a Raúl Morón?
MORELIA, Mich., 25 de marzo de 2021.- Raúl Morón no fue registrado como precandidato de Morena a la gubernatura michoacana en el Sistema Nacional de Registro (SNR) del Instituto Nacional Electoral (INE) y, bajo ese argumento, omitió reportar los gastos que realizó durante el periodo de precampañas, pero en el monitoreo de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) se demostró que sí hizo precampaña y obtuvo un beneficio electoral.
Con propaganda en bardas, espectaculares y redes sociales, principalmente Facebook, con el uso de leyendas como “Todxs con morón”, “Yo voy con morón”, “morón es la respuesta”, “R21” e incluso su imagen, Raúl Morón sí se promovió en el periodo de precampaña, obteniendo un beneficio de la exhibición de dicha propaganda en la vía pública, de acuerdo con el informe consolidado de la UTF.
Se indica en el dictamen que se confirmaron la territorialidad, la temporalidad y la finalidad de dicha propaganda y, en el Reglamento de Fiscalización se establece que todas las precandidaturas deben presentar sus informes de ingresos y gastos independientemente de su procedimiento de designación, a través del Sistema Integral de Fiscalización, incluyendo a los precandidatos únicos.
Se le requirió la información correspondiente, pero no atendió la petición de la autoridad electoral, bajo el argumento de que no había sido registrado como precandidato.
¿Se extralimitó el INE con la sanción?
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) en su artículo 229, párrafo tres se establece: “Si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo antes establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato. Los precandidatos que sin haber obtenido la postulación a la candidatura no entreguen el informe antes señalado serán sancionados en los términos de lo establecido por el Libro Octavo de esta Ley.
Además, el acuerdo de la Comisión de Fiscalización del INE, con el que se instruye a la UTF, el procedimiento a seguir ante el incumplimiento de presentación del informe de ingresos y gastos de los sujetos obligados durante los periodos de obtención de apoyo ciudadano y precampaña que aspiren a un cargo de elección popular durante el proceso electoral federal ordinario y locales concurrentes 2020-2021, así como los procesos extraordinarios que se pudieran derivar de dicho proceso, también establece:
“En la notificación que realice, la Unidad Técnica de Fiscalización deberá expresamente comunicar a los sujetos regulados que, en caso de no presentar su informe a través del SIF, la consecuencia jurídica de tal incumplimiento será la negativa de su registro como candidato independiente o candidato de partido político, según corresponda, independientemente de que hubieran registrado o no operaciones en dicho Sistema”.