Retoma Congreso de Michoacán iniciativa de ley antimarchas
MORELIA, Mich., 9 de enero de 2022.- Desde el 2008, legislatura tras legislatura se ha planteado la regulación de las marchas, mítines, plantones, tomas y bloqueos que realizan grupos inconformes con acciones u omisiones gubernamentales, sin que se logre concretar en una Ley, pese al malestar social y a las pérdidas económicas que provocan.
Este tipo de manifestaciones toman proporciones desmedidas que afectan invariablemente los derechos y la propiedad de terceros, ante la falta de una norma que las regule, como el último episodio de los bloqueos a las vías del ferrocarril que a lo largo de 91 días ocasionaron pérdidas estimadas en 25 millones de dólares, más otros cuatro mil millones de pesos a la industria manufacturera por el desabasto de materias primas.
Así lo señaló el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Ernesto Núñez, al presentar una nueva iniciativa de Ley para el Ejercicio de la Libertad de Expresión y su Manifestación, prácticamente igual a la presentada originalmente, en 2008, por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) y sobre la cual han girado todas las demás.
Igual que hace 14 años, la propuesta sigue siendo la misma, garantizar los derechos de los manifestantes y de los no manifestantes, así como los protocolos, para que los manifestantes sólo ocupen el 50 por ciento de los espacios públicos y el resto lo puedan seguir utilizando los ciudadanos que no participen en la manifestación.
Los espacios públicos donde se brindan servicios educativos, de salud, de seguridad pública o protección civil, se consideran zonas prioritarias para el Estado, por tanto, se determinan como no autorizadas para bloqueos, plantones y manifestaciones.
Se consideran infracciones no respetar las superficies máximas; impedir la prestación de los servicios que brinda el Estado y los municipios, en especial: educación, salud, seguridad pública y protección civil, así como alterar el orden público mediante el uso de amenazas, violencia, daños o agresiones
Para las autoridades también hay responsabilidades en caso de que impidan el libre ejercicio del derecho de manifestación, de forma pacífica; impidan o dificulten la legítima actuación de la autoridad, para salvaguardar la seguridad y paz pública o impidan el libre ejercicio de derechos humanos.
Las sanciones para tales infracciones son la amonestación; multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; arresto administrativo y trabajo a favor de la comunidad hasta por treinta jornadas laborales.
En caso de omisión o incumplimiento por parte de los servidores públicos, se iniciará procedimiento administrativo de responsabilidades y se sancionará de conformidad con lo señalado por la Ley en materia.
Las sanciones impuestas por la infracción a esta Ley no eximen de las responsabilidades civiles, penales o administrativas previstas.