Propone IEM sancionar violencia política y garantizar paridad
MORELIA, Mich., 7 de abril de 2020.- Violencia política y paridad, son dos de los temas en los que el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) considera debe haber reformas legales para el próximo proceso electoral ya que son perniciosas para el régimen democrático y sus propuestas ya fueron entregadas al Congreso del Estado.
De manera medular, se propone establecer aquellas conductas conforme a las cuales se actualizaría la violencia política por razones de género y se dote de atribuciones al Consejo General para prevenir, investigar, sancionar y, en la medida de lo posible, evitar la afectación al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia política por razones de género y discriminación.
Al considerar que la erradicación de la violencia política supone una responsabilidad conjunta con los partidos políticos, se propone establecer la obligación para que se prevenga, atienda, sancione y se erradique los actos u omisiones que constituyan violencia política por razones de género, así como abstenerse de limitar, condicionar, excluir, impedir o anular la pretensión de participación de las personas por razones de género en sus órganos internos de dirección, precandidaturas, candidaturas o espacios de toma de decisiones.
De no cumplirse dichas medidas, también se pueda configurar alguna responsabilidad administrativa, por lo que para ello se proponen las adecuaciones del caso en ese sentido. Igualmente, se sugieren medidas que eviten tales conductas en el marco de los procesos electorales, para lo cual se sugiere configurar la prohibición de la violencia política por razones de género en el contexto de las campañas y propaganda electoral, estableciéndose mecanismos de protección como el procedimiento especial sancionador para inhibir dichas conductas al proponerse un nuevo supuesto de procedencia para tales efectos.
También se propone la configuración de tipos administrativos para, en su caso, fincar responsabilidad administrativa como, por ejemplo, a aquellos notarios públicos que se nieguen a certificar actos u omisiones que constituyan violencia política de género.
De manera destacada se propone que tanto para el registro de candidaturas, y como requisito de elegibilidad para el ejercicio del cargo se establezca que no podrán hacerlo quienes hayan cometido violencia política por razones de género, lo cual se encuentre acreditado mediante sentencia firme emitida por autoridad competente.
Por otra parte, al ser la violencia política de género un fenómeno generalizado, los pueblos originarios y sus comunidades no escapan a sus efectos nocivos, pues en muchos de ellos se siguen sin reconocer la participación de las mujeres en los asuntos públicos, por lo que en ese sentido, se propone legislar para que se establezca que en el ejercicio de su autonomía, las comunidades y los pueblos indígenas de Michoacán, podrán elegir a sus autoridades municipales y la integración de estas mediante sus usos y costumbres, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de paridad y en un ambiente libre de prácticas discriminatorias y de violencia política por razones de género.
Al tener la violencia política de género una connotación también cultural, se propone establecer normativamente la obligación para la autoridad electoral, así como para los partidos políticos, de fomentar una cultura de respeto y reconocimiento a los derechos de las mujeres en el ejercicio de sus derechos político-electorales.
En el tema de la paridad aún se consideran necesario algunos ajustes como el de establecer para los partidos políticos la obligación de fomentar y garantizar en su vida interna la participación de mujeres en su estructura interna y órganos de dirección, en forma paritaria; así como establecer que, para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres cada partido político deberá destinar anualmente, el cinco por ciento de su financiamiento público ordinario.
Por otra parte, y con la finalidad de evitar el fenómeno de las llamadas candidaturas simuladas, ocurrido por ejemplo en el Estado de Chiapas, se propone que, en el caso de vacantes generadas con motivo de renuncias, muerte o cualquier otra causa, el congreso deberá hacer la designación respectiva respetando el mismo género.
Tratándose de sustituciones por renuncia o alguna otra causa, las mismas deberán respetar el género del candidato sustituido. Al tiempo que también se sugiere legislar en el sentido de permitir excepcionalmente el registro de fórmulas encabezadas por hombre como propietario, y con mujer como suplente, pero nunca a la inversa.
Con el fin de favorecer la participación de las mujeres en la vida política y su acceso a cargos públicos se propone establecer que, las listas de candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional, de todos los partidos políticos inicien con candidatas mujeres.