Planean digitalizar atlas de riesgos municipales y estatal
MORELIA, Mich., 30 de septiembre de 2022.- La elaboración o actualización de los atlas de riesgos municipales deberá hacerse en un plazo de 140 días hábiles posteriores a la toma de posesión, mientras que el término para el Ejecutivo estatal será de 180 días hábiles.
De acuerdo con dos propuestas presentadas por los diputados de Morena, Julieta García y Juan Carlos Barragán; del Partido Verde Ecologista Margarita López y de la Representación Parlamentaria Eréndira Isauro, los plazos serán improrrogables por su importancia para la prevención de afectaciones a la población.
Los legisladores establecen también los criterios y lineamientos para la elaboración de los atlas de riesgos municipales y estatal por lo que serán base de datos integradas por sistemas de información geográfica y referenciada, para el análisis de riesgos, la simulación de escenarios y la estimación de pérdidas por siniestros o desastres.
Serán además bases informáticas que permitan la identificación y registro en los Atlas Nacional, Estatal y Municipales de Riesgos, de las zonas geográficas del Estado vulnerables a la incidencia de agentes perturbadores, con riesgo para la población, el patrimonio y el entorno, debiendo señalar además de forma clara, concisa y debidamente delimitada aquellas zonas, áreas o sitios en los que definitivamente, no sea posible el establecimiento de asentamientos humanos.
En los Atlas de Riesgos en Michoacán deberán establecerse de forma clara y entendible para cualquier ciudadano, mapas de peligros por fenómenos perturbadores, de susceptibilidad, de riesgos; inventarios de bienes expuestos, de vulnerabilidades y escenarios de riesgos, así como los diferentes niveles de riesgo y peligro para todos los fenómenos con posibilidad de incidencia en las distintas zonas del estado.
Los atlas municipales y estatal deberán publicarse de manera inmediata y permanente en las distintas plataformas digitales con las que cuente el Gobierno del Estado, así como al Centro Nacional de Prevención de Desastres Federal (Cenapred) para su correspondiente publicación, acceso y consulta permanente por la población.
La Secretaría de Gobierno del Estado y los gobiernos municipales deberán de establecer en el proyecto de sus presupuestos de egresos del próximo ejercicio fiscal, posterior a la entrada en vigor del presente decreto, el presupuesto necesario para su cumplimiento.
En otra iniciativa sobre el mismo tema, los mismos diputados establecen la responsabilidad de presidentes municipales y del Gobernador de verificar la debida integración y funcionamiento de los sistemas de Protección Civil que les corresponda, debiendo cuidar que, en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la toma de posesión de cada uno de ellos, convoquen a la integración de sus correspondientes Consejos Estatal y Municipales de Protección Civil correspondientes.
Se asegurarán del correcto funcionamiento de las Coordinaciones de Protección Civil, promoviendo que sean constituidas con un nivel no menor de Dirección General, como organismos con autonomía administrativa, de operación y gestión, dependientes, financiera y orgánicamente de la Secretaría de Gobierno y de las Secretarías de los Ayuntamientos, respectivamente.