Obliga IEM a postular a LGBTQI, indígenas, migrantes y PCD en 2024
MORELIA, Mich., 21 de diciembre de 2023.- Los partidos, coaliciones y candidaturas comunes que participarán en las elecciones de 2024, para la renovación de diputaciones y gobiernos municipales, deberán postular, de manera prioritaria, a Personas Con Discapacidad (PCD), de la comunidad LGBTQI, indígenas y migrantes.
Así lo estableció este jueves el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), al emitir los Lineamientos para la configuración de acciones cuatro afirmativas en cargos de elección popular, a favor de las PCD, de la población LGBTQI, indígenas y migrantes, entre quienes el órgano electoral realizó consultas para determinar criterios de autoadscripción.
Los partidos políticos deberán postular al menos una fórmula a la candidatura de mayoría relativa, integrada por Personas Con Discapacidad, y cuando menos una fórmula por la vía de representación proporcional, dentro de los primeros seis lugares de la lista correspondiente.
Para los gobiernos municipales, los partidos deberán postular en al menos dos ayuntamientos por cada bloque de competitividad, alta, media y baja, una candidatura a la presidencia, una fórmula a la sindicatura o una fórmula dentro de las dos primeras regidurías, a personas con discapacidad permanente.
Para personas de la población LGBTQI, el caso quedó igual que el de PCD: los partidos deberán integrar al menos una fórmula y al menos una por la vía de representación proporcional.
Deberán postular, en al menos dos ayuntamientos por cada bloque de competitividad: alta, media y baja, una candidatura a la presidencia, una fórmula a la sindicatura o una fórmula dentro de las dos primeras regidurías, a personas de la diversidad sexual.
En lo que ve a las personas indígenas, igual: los partidos deberán postular tanto una fórmula por el principio de mayoría, como una de representación proporcional dentro de los primeros seis lugares.
Para ayuntamientos, los partidos deberán postular en al menos 16 ayuntamientos por cada bloque de competitividad: alta, media y baja, una candidatura a la presidencia, una fórmula a la sindicatura o una fórmula dentro de las dos primeras regidurías, a personas de personas indígenas, preferentemente en municipios que cuenten con más de 40 por ciento de población originaria.
El IEM determinó que los partidos deberán de reservar a personas migrantes al menos una fórmula de mayoría relativa y una de representación proporcional, ubicada dentro de los primeros seis lugares de la lista.
En el caso de los ayuntamientos, partidos, coaliciones y candidaturas comunes deberán postular a personas migrantes en al menos 16 ayuntamientos, para presidencia, sindicatura o en las dos primeras regidurías, preferentemente en municipios con alto porcentaje de población migrante.
Los representantes de los partidos políticos PES, Más Michoacán, TXM cuestionaron la progresividad en el caso de la acción afirmativa para migrantes, pues consideraron que resulta excesivo el porcentaje, lo que conduciría a una subrepresentación.