Ningún aspirante a cargo público en registro por violencia política a mujeres
MORELIA, Mich., 26 de enero de 2021.- En el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, no aparece ningún michoacano con aspiraciones a un puesto de elección popular hasta este martes.
Son solo nueve las personas sancionadas que aparecen en ese registro que se encuentra en la página del Instituto Nacional Electoral (INE), una de Campeche, una de Hidalgo, una de Oaxaca y una de Querétaro, tres de Quinta Roo y dos de Veracruz.
De los nueve, tres son servidores públicos, tres representantes populares y tres aparecen como “otro”. De ellos cuatro tienen competencia en el ámbito estatal y cinco en el municipal.
Las personas sancionadas son aquellas que mediante resolución o sentencia firme o ejecutada sea sancionada por conductas de violencia política contra las mujeres en razón de género y por lo tanto no pueden participar como candidatos en los procesos electorales, de acuerdo con los Lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del Registro
La persona sancionada permanecerá en el registro hasta por tres años si la falta fuera considera como leve; hasta cuatro años si fuera considerada como ordinaria, y hasta cinco años si fuera calificada como especial; ello a partir del análisis que realice la a Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) respecto de la gravedad y las circunstancias de modo tiempo y lugar.
Cuando la violencia política en razón de género fuere realizada por una servidora o servidor público, persona funcionaria electoral, funcionaria partidista, aspirante a candidata independiente, precandidata o candidata, personas que se dedique a los medios de comunicación, o con su aquiescencia, aumentará en un tercio su permanencia en el registro.
Cuando la violencia política contra las mujeres en razón de género fuere cometida contra una o varias mujeres pertenecientes a un pueblo o comunidad indígena, afromexicanas, mayores, personas de la diversidad sexual, con discapacidad o a algún otro grupo en situación de discriminación, la permanencia en el registro se incrementará en una mitad.
En caso de reincidencia, la persona sancionada permanecerá en el Registro por seis años.