Niega prórroga TEPJF: consulta en Nahuatzen, antes de 1 de septiembre
MORELIA, Mich., 16 de agosto de 2018.- No ha lugar a la postergación solicitada por el Consejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen para la realización de la consulta sobre el cambio del sistema normativo, sentenció el Tribunal Electoral del Poder Judicial del a Federación (TEPJF) este jueves, y reiteró la orden de que el sondeo ciudadano se lleve a cabo antes del próximo primero de septiembre.
“El Pleno la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada, acuerda que no se amplía el plazo para la realización de la consulta indígena ordenada en la sentencia dictada el 21 de junio de 2018, al resolverse el expediente SUPREC-145/2018, para que la población de Nahuatzen, determine si migran del sistema de partidos al de usos y costumbres”, se sentenció.
Lo anterior, en respuesta a la petición del Consejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen para la postergación de la consulta debido a que a la fecha se están realizando las fiestas patronales, “del 25 de julio al 31 de agosto del año en curso, en nuestro municipio solicitamos se posponga la consulta indígena ordenada para migrar del sistema de partidos a usos y costumbres”, pidieron los comuneros.
Lo anterior, argumentaron, para que existan las condiciones paro realizaras con la participación de todo lo ciudadanía, ya que llevar a cabo la consulta en estas fechas no resulta factible porque los ciudadanos están ocupados en los fiestas patronales, que constituye un elemento fundamental en nuestra cosmovisión indígena.
En la sentencia de fondo recaída al resolver el expediente SUP-REC-145/2018 se consideró que la responsable, en un tiempo razonable, después de la jornada electoral y antes de la toma de posesión, debía llevar a cabo los trabajos encaminados a la celebración de la consulta mediante la cual, la ciudadanía de Nahuatzen, Michoacán, elegirán a sus autoridades administrativas municipales.
“No ha lugar. Ampliar el plazo o posponer la consulta en los términos solicitados, implicaría que ésta se realizara con posterioridad a la toma de posesión. Ello, porque los solicitantes piden que se realice después del treinta y uno de agosto, mientras que las nuevas autoridades toman posesión el uno de septiembre”, respondió la Sala Superior.