Multa TEEM a ayuntamiento de Paracho
MORELIA, Mich., 17 de abril de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en Sesión Pública virtual ordenó multar al Presidente Municipal, Tesorero y Oficial Mayor del Ayuntamiento de Paracho, Michoacán, por obstaculizar el desempeño de un regidor de dicho ente edilicio.
De acuerdo con un comunicado de prensa, en el juicio ciudadano TEEM-JDC-040/2021, cuyo análisis correspondió a la Ponencia a cargo del Magistrado José René Olivos Campos, un regidor del referido Ayuntamiento, acudió a impugnar actos emitidos por el Auditor Superior de Michoacán y diversas autoridades municipales, a quienes atribuyó la falta de respuesta a diversas solicitudes y la omisión de entregar la información requerida de manera completa, con lo que se vulneraron sus derechos de acceso a la información para el debido desarrollo de su encomienda edilicia y de ser votado en la vertiente del ejercicio del cargo.
Analizado y discutido el proyecto, los integrantes del Pleno determinaron, en esencia, declarar parcialmente fundados los agravios expresados por el actor y ordenaron al Auditor Superior de Michoacán, pronunciarse sobre lo solicitado por la parte demandante; luego, se tuvo por acreditada la obstaculización del desempeño del cargo del actor por parte del Presidente Municipal, Tesorero, Oficial Mayor del Ayuntamiento de Paracho, Michoacán, y al haberse acreditado que dichas autoridades municipales no emitieron una respuesta en término breve, se les conminó para que, en lo sucesivo, atiendan oportunamente las solicitudes presentadas por el actor y finalmente, se ordenó dar vista al Contralor Municipal del Ayuntamiento de Paracho, Michoacán. Finalmente, la multa se impuso en atención a que las autoridades responsables repitieron conductas, respecto de las cuales se les había apercibido que, de realizarlas, se procedería hacer efectivo el apercibimiento decretado en una diversa sentencia dictada por el Tribunal, dentro del expediente TEEM-JDC-047/2020.
En la misma sesión, también se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-019/2021, cuya propuesta correspondió también a la Ponencia del Magistrado Olivos Campos, cuya denuncia fue presentada por una ciudadana por su propio derecho contra un ciudadano que se ostentó como precandidato a Presidente Municipal de Indaparapeo, Michoacán, por el Partido Político Morena, por la realización de actos anticipados de campaña y en contra de dicho Instituto Político, por la falta de deber de cuidado.
Discutido el asunto, el Pleno determinó que se actualizaron los elementos que la ley electoral determina para considerar las conductas denunciadas como actos anticipados de campaña.
Por lo que, se determinó imponer una sanción, consistente en amonestación pública, tanto al ciudadano como al Partido Morena, por su falta de deber de cuidado de la conducta realizada por el denunciado.
Finalmente, se tomó protesta al Licenciado Jorge Abraham Méndez Vite, como Actuario adscrito a la Secretaría General de Acuerdos de este órgano jurisdiccional.