Michoacán: hasta 36 horas de arresto por no usar cubrebocas
MORELIA, Mich., 25 de noviembre de 2020.- Multas de 87 a 869 pesos, arresto administrativo de 12 a 36 horas y clausura de establecimientos parcial o total, son las penas que el gobernador Silvano Aureoles propone para quienes no usen cubrebocas.
La iniciativa de Ley que regula el uso de cubrebocas en el estado, las multas aumentarán a partir del primero de enero ya que las propone en UMA y el procedimiento para la aplicación de las sanciones será establecida por la autoridad de salud en el estado en coordinación con los ayuntamientos a través de los acuerdos o convenios que se celebren para tal efecto.
La propuesta de ley fue presentada al pleno de 74 Legislatura michoacana y turnada a la Comisión de Salud y Asistencia Social y de Gobernación, para análisis y dictamen y, de ser aprobada, el uso de cubrebocas será obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio estatal, en vías y espacios públicos, al interior de establecimientos ya sea públicos o privados así como usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público.
La obligación de usar correctamente el cubrebocas no sustituirá las medidas ni protocolos establecidos por las autoridades sanitarias competentes tales como la sana distancia de metro y medio de otras personas, no saludar de mano, beso o abrazo; al toser o estornudar cubrirse con el ángulo interior del brazo, evitar tocarse la nariz, boca, ojos y en general y lavarse las manos con agua y jabón frecuentemente, así como usar gel antibacterial y demás medidas sanitarias que hayan emitido o emitan las autoridades sanitarias.
En todos los establecimientos privados ya sean comerciales, industriales, empresariales, de negocios o de servicios, los propietarios, administradores, empleados, proveedores, clientes usuarios y asistentes a los mismos están obligados a usar el cubrebocas durante los horarios de trabajo y cumplir los protocolos emitidos por la autoridad sanitaria.
Los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte público deberán asegurarse y vigilar el cumplimiento de la ley y, en el transporte particular, las personas deberán usar de manera obligatoria cubrebocas cuando se encuentra en más de dos personas a bordo
Los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de cualquier centro de trabajo deberán usar el cubrebocas durante los horarios de trabajo y observar los protocolos sanitarios y todas las personas que ingresan a oficinas públicas privadas o cualquier centro de trabajo también o se les negará el servicio hasta que lo porten.
En las reuniones realizadas en espacios privados o cerrados las personas también deberán usar el cubrebocas y acatar los protocolos sanitarios establecidos.