Ley Orgánica, sin cambios sustantivos por las 11 reservas
MORELIA, Mich., 6 de octubre de 2021.- Los 11 artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública que fueron reservados en lo particular, fueron aprobados por el pleno de la 75 Legislatura, sin que la norma sufriera mayores cambios sustantivos a los que ya contenía el dictamen aprobado por la Comisión de Gobernación de la pasada legislatura.
La aprobación de las reservas de esos artículos no tuvo discusión, solo algunos disensos ya que la mayoría fueron avaladas por unanimidad de los 38 diputados que asistieron a la sesión ya que uno faltó y Brenda Fabiola Fraga presentó licencia para separarse del cargo para integrarse al gabinete de Alfredo Ramírez Bedolla y su suplente no ha sido convocada a rendir protesta.
Al artículo 4, párrafo segundo, sobre los principios rectores de la administración pública que solo eran enunciados se les dotó de contenido o definiciones de lo que son la legalidad, honestidad, imparcialidad, equidad, eficiencia, institucionalidad, transversalidad, transparencia, rendición de cuentas, gobierno abierto, 14 sustentabilidad, igualdad sustantiva, igualdad de oportunidades
La fracción octava del artículo 12 fue eliminada porque facultaba a los titulares de las dependencias a crear y presidir un comité de control, lo cual representa un conflicto de interés ya que dicho comité debe ser presidido por el titular del órgano de control; en el artículo 16 se precisó que las oficinas de apoyo en el despacho del gobernador son oficinas no secretarías.
En el artículo 18 se volvieron a incorporar las atribuciones de la Secretaría de Gobierno sobre el Sistema Penitenciario ya que en la propuesta original de la iniciativa de ley se eliminaron porque se pretendía que pasara a la Secretaría de Seguridad Pública, mientras que en el artículo 20 se establecieron los requisitos para ser secretario de la Contraloría como tener tres años de residencia en el estado, no ser servidor público al día de su designación, contar con cédula profesional de al menos ocho años, no estar sancionado por delito administrativo o doloso, experiencia verificable de cuatro años en transparencia, evaluación, rendición de cuentas o combate a la corrupción.
Fue en el artículo 23 donde quedó establecido que el titular del órgano de control es quien encabeza el comité de control; en el 28 fracción 17 solo se quitó la palabra terminal en los niveles educativos medio y superior por ser ambiguo.
Entre los artículos transitorio que sufrieron modificaciones está el segundo, reservado en dos ocasiones ya que al ser un dictamen heredado de la pasada legislatura establecía que ley aprobada pasadas las dos de la mañana de este miércoles entraría en vigor el primero de octubre, por lo que se cambió al día siguiente de que se publique en el Periódico Oficial.
Al 5 transitorio, se le modificó el tercer párrafo para eliminar el plazo el plazo de 120 día al propio Congreso del Estado para que armonice el marco normativo a la nueva ley, para así da tiempo a que el Gobernador emita reglamentos y vayan a autorizar los diputados lo contrario del objeto de la ley.
El 15 transitorio también fue eliminado ya que establecía un término de 60 días para que el Gobernador presente reformas en materia de administración tributaria, por carecer de sentido ya que los diputados son los que legislan y no se creará el sistema de administración tributaria estatal que se pretendía.
La aprobación de la Ley Orgánica de la Administración Pública en lo general y en lo particular, se dio en la segunda sesión extraordinaria consecutiva que la 75 Legislatura realiza durante la madrugada.