Infundada, violencia política contra alcaldesa de Zinapécuaro: TEEM
MORELIA, Mich., 10 de mayo del 2018. Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMICH) declaró infundadas las manifestaciones de supuesta violencia política cometidas por el síndico municipal, Guillermo Ballines Anguiano, en contra de la Presidenta Municipal de Zinapécuaro, María del Refugio Silva Durán, quien promovió un juicio ciudadano por violar sus derechos políticos-electorales en la vertiente de ejercer el cargo.
De acuerdo con un comunicado, en la sentencia correspondiente al juicio ciudadano TEEM-JDC-099/2018, la actora en su calidad de Presidenta del citado Ayuntamiento, señaló ante este tribunal que ha sido objeto de hechos en su contra consistentes en violencia que se dirige a una mujer por el hecho de serlo, obstaculizando el ejercicio del cargo público para el que fue electa.
En la resolución, la Magistrada y los Magistrados consideraron que los hechos narrados y las pruebas acompañadas a la demanda, resultaron insuficientes para contar con elementos que permitan advertir algún acto o manifestación por parte del Síndico Municipal, que actualizara el supuesto de violencia política; y hubiera incidido en la vulneración de los derechos políticos-electorales para ejercer el cargo, por su calidad de ser mujer.
Lo anterior, al revisarse las actas de sesiones de Cabildo, que obran en el expediente, se observa que no se aprobaron algunos puntos de la orden del día por parte de los integrantes del Cabildo, al ser facultades de este órgano deliberativo, sin embargo, no se desprende de ello la vulneración del derecho político-electoral de ejercer el cargo, ni tampoco se observaron indicios que representaron violencia política.
Con independencia de que la pretensión de la actora no resultó procedente, la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa reiteró expresamente su compromiso de velar por los derechos político-electorales de las mujeres que acudan a esta jurisdicción, al sentirse vulneradas con motivo de cualquier acto discriminatorio por razones de género, “…tenemos a la mano los instrumentos convencionales y legales para proteger y continuar con el reconocimiento de sus derechos”, señaló.
El Magistrado José René Olivos Campos expuso que en su proyecto se tomó en cuenta toda la normativa que establecen los tratados internacionales, la propia Constitución Política del país y los Protocolos de Atención a la Violencia Política. Dijo que se atendió este medio de impugnación se valoraron cada uno de los elementos para ver indicios, pero no existieron como tales y se declaró infundado.
Por su parte, el Magistrado Ignacio Hurtado Gómez señaló que tras hacer una revisión exhaustiva de las actas de Cabildo del Ayuntamiento que se hicieron llegar o se recabaron por el tribunal no se advierte un señalamiento, comentario o expresión de violencia política por ser mujer.
Confirman paridad de género en Marcos Castellanos.
En el juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales TEEM-JDC-111/2018, el órgano jurisdiccional electoral confirmó el acuerdo impugnado ante el Consejo General del IEM, en el que se declaró infundados e inoperantes agravios esgrimidos por un aspirante a la candidatura a la Presidencia Municipal de Marcos Castellanos del PAN, en virtud de que las fuerzas políticas deben garantizar la paridad de género de manera transversal en todos los cabildos en el registro de candidaturas en igual porcentaje de hombres y mujeres en todos los municipios de Michoacán.
En su intervención sobre este asunto, la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa manifestó no sólo compartir, sino celebrar el proyecto sometido al pleno por el Magistrado Ponente, Salvador Alejandro Pérez Contreras, ya que para que exista una equidad sistemática y periódica en nuestro sistema electoral, en la que sea innecesario establecer mecanismos para evitar la desigualdad entre los géneros, hace falta salvar obstáculos. Expresó además: “…Quienes integramos este Tribunal Electoral Estatal, en observancia a los criterios jurisprudenciales que ha establecido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tenemos la firme convicción de que para hacer efectiva la igualdad entre los hombres y las mujeres en el ejercicio de su derecho de participación política, debemos emitir nuestras determinaciones, siempre juzgando con una perspectiva de género…”