Improcedente, nuevo cómputo y escrutinio en Contepec: TEEM
MORELIA, Mich., 1 de julio de 2021.- Pese a presentar inconsistencias y errores aritméticos evidentes en los resultados asentados en el acta de escrutinio y cómputo de la elección del ayuntamiento de Contepec, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró improcedente un nuevo cómputo y escrutinio
La Coalición Juntos Haremos Historia en Michoacán inició los juicios de inconformidad 83 y 84, por la negativa del Comité Municipal a abrir el paquete electoral de la casilla 286 C2 y a hacer los correcciones pertinentes, aunque realmente no les afectaron los errores y por ello se declaró improcedente su demanda.
El magistrado Salvador Pérez Contreras, señalo que si bien se advierte un error en el acta de escrutinio y cómputo levantada en la sede del Comité Municipal, ya que, de la suma de boletas sobrantes y el total de votos válidos, arrojan la cantidad de 465 boletas, cuando lo correcto es 756 boletas, que fueron las que se entregaron para recibir la votación de la casilla.
Dicho error se generó en un rubro auxiliar relativo a boletas sobrantes, y un rubro fundamental, que son los que no coinciden en ambas actas, pues en una aparece la cantidad de 301 y en otra 201.
También hubo un error en el rubro de total de votos válidos y nulos, toda vez que se asentó 264, cuando lo correcto es 447; sin que con ello se altere el resultado de la votación final, ya que ambas actas de escrutinio y cómputo arrojan un total de 447 votos, que fueron los que se tomaron en cuenta como resultado para el cómputo.
No obstante que existen los errores, no afectan el resultado de la votación y tampoco se advierte que causen un perjuicio a los partidos PT y MORENA, pues en ambas actas de escrutinio y cómputo el resultado de los votos obtenidos por los partidos es el mismo, así como la suma total de los votos obtenidos en esa casilla.
En consecuencia, los magistrados consideraron que no se violentaron los principios de legalidad, ni de certeza, por parte del Consejo Municipal de Contepec, ya que su determinación fue apegada a derecho y resolvió negar la realización de un nuevo escrutinio y cómputo en la casilla.