Improcedente, iniciativa para fortalecer medicina tradicional e indígena
MORELIA, Mich., 5 de octubre de 2020.- Para la Comisión de Salud del Congreso del Estado resultó improcedente la iniciativa de ley para fortalecer y desarrollar la medicina tradicional e indígena, así como permitir que los sistemas de salud comunitaria puedan acceder a mayores beneficios a través de su integración en la política estatal.
La intención de la propuesta del diputado Humberto González era la de establecer la obligación de procurar inversión pública para la conservación y protección del conocimiento médico indígena. Promover el desarrollo y los conocimientos y que las autoridades sanitarias puedan prescribir sus métodos como una opción posible para los usuarios del sistema de salud.
La posibilidad de que los pueblos indígenas puedan acceder a un padrón de prestadores de servicio permitiría que los usuarios conozcan ante quienes pueden asistir a tratar los diversos padecimientos de salud, con la posibilidad de que los usuarios decidan sobre la opción médica que mejor se ajuste a sus necesidades.
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), firmado y ratificado por el Estado Mexicano dispone que los gobiernos deberán proporcionar los medios que les permitan a las comunidades y pueblos indígenas organizar y prestar los servicios de salud adecuados bajo su propia responsabilidad y control, a fin de que puedan gozar del máximo nivel posible de salud física y mental.
Sin embargo, para la Comisión de Salud que preside Refugio Cabrera el diputado González utilizó de manera indistinta los términos medicina complementaria, medicina alternativa y medicina tradicional, ya que se basan en medicinas y tratamientos sin sustento científico que garanticen la eficacia, calidad, y seguridad en el manejo, tratamiento o rehabilitación de los pacientes que se someten a dichas prácticas.
Considera que para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina, se requiere contar con títulos profesionales o certificados de especialización que hayan sido legalmente expedidos o registrados por las autoridades educativas competentes, por lo que aquellos que carezcan de los mismos, no podrán ser contratados por los establecimientos de atención médica, ni por los profesionales que en forma independiente presten sus servicios.
Además, se señala en el dictamen con el que se desecha la propuesta que la incorporación del reconocimiento, uso, protección y desarrollo de la medicina tradicional indígena, complementaria y alternativa, obligaría a proporcionar dichos tratamientos a cualquier persona, lo cual tendría un impacto presupuestario que debe cuantificarse para determinar su sustentabilidad.