Impedirá veda por consulta los informes de ayuntamientos salientes
MORELIA, Mich., 7 de julio de 2021.- Los presidentes municipales salientes no podrán presumir los logros de su administración ya que el periodo que marca la ley en el último año de gobierno para que rindan sus informes es la segunda quincena de julio, lapso en el que estará prohibida la propaganda gubernamental por el proceso de la consulta popular para determinar si se enjuicia o no a los ex presidentes de la República.
En el artículo 40 de la Ley Orgánica Municipal se establece la obligación para los alcaldes de rendir a la población, un informe anual en el mes de agosto, del estado que guardan los asuntos municipales y el avance de los programas de obras y servicios, pero en el último año de la gestión ese informe será en la segunda quincena de julio.
En e l artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se ordena que durante el tiempo que comprende el proceso de consulta popular, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.
La excepción, al igual que durante la veda electoral, únicamente se pueden difundir campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
La disposición constitucional no exime a los ediles de rendir el informe, incluso de hacer un evento porque es a la ciudadanía a la que se rinden cuentas, pero no podrán presumir logros durante el periodo 2018-2021, en radio, televisión o espectaculares.