Esto contiene la propuesta de Ley de Acreditación y Confianza
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MORELIA, Mich., 12 de julio de 2023.- La propuesta de una Ley de Acreditación de Control y Confianza ha provocado malestar en organismos autónomos como el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y el Tribunal de Justicia Administrativa de Michoacán (TJAM), por considerar que es inconstitucional.
¿Tú ya la conoces? Aquí te decimos los principales puntos que contiene la iniciativa:
La propuesta fue presentada por los diputados del partido Morena, Julieta García, Margarita López y Juan Carlos Barragán.
Tiene por objeto establecer los procesos de evaluación de control de confianza aplicables a los mandos medios y superiores del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Organismos Autónomos y de los municipios, así como a todos los servidores públicos operativos, administrativos, de confianza y defensores de oficio de las instituciones de seguridad pública.
Los procesos de evaluación de control de confianza tienen por objeto comprobar que los servidores públicos mencionados en el párrafo anterior cumplen con el perfil y la probidad para ingresar en el poder, organismo o ayuntamiento al que esté adscrito.
Los procesos de evaluación de control de confianza se aplicarán para el nuevo ingreso y permanencia de todos los servidores públicos mencionados, pero este no se equipara al servicio civil o profesional de carrera en el servicio público y, por consecuencia, no adquieren el derecho a la inamovilidad de su cargo.
En el caso del Poder Ejecutivo, el Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Michoacán y los municipios, los ayuntamientos y dependencias de seguridad y administración de justicia municipal, el número y tipo de exámenes aplicados a cada evaluado será determinado por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación.
Y en el caso del Poder Legislativo y Judicial, así como los organismos autónomos, el número y tipo de exámenes aplicados a cada evaluado será determinado por estos mismos y de acuerdo con el perfil del puesto que ocupa o pretende ocupar el evaluado.
Los Poderes Legislativo y Judicial, así como organismos autónomos, establecerán su Unidad de Control de Confianza de manera independiente y autónoma de otros poderes federales, estatales o municipales, respetando en todo momento los principios de división de poderes y la autonomía que les fue conferida.
Los criterios para la aplicación de los exámenes de control y confianza son la edad, perfil físico, médico y de personalidad; que en el desarrollo patrimonial sea justificado, en el que los egresos guarden adecuada proporción con los ingresos.
La ausencia de alcoholismo y uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes o similares sin fines terapéuticos; notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal por delito doloso y no estar suspendido o inhabilitado en el servicio público y la ausencia de vínculos con organizaciones delictivas.
Los servidores públicos deben ser citados a la práctica de los exámenes respectivos por medios indubitables. En caso de que éstos no se presenten sin causa justificada, se nieguen a la práctica de los exámenes o impidan la correcta aplicación de los mismos, se les tendrá por no aprobados y se procederá a su separación.
La evaluación de control de confianza se aplicará, cuando menos, cada tres años y se realizará con el apoyo de las unidades administrativas, órganos y organismos competentes.
Cuando el resultado de no apto sea en el examen médico a consecuencia de la función que viene desempeñando, se buscará en primer lugar la reubicación del servidor público, y si no fuera posible, se determinará la incapacidad parcial o permanente de conformidad con las leyes aplicables.
Las sanciones previstas son destitución, cese o separación y juicio político para aquellos servidores que sean sujetos de este procedimiento.
Hasta ahora, la acreditación de los exámenes de control y confianza solo aplican al personal de seguridad pública, pero los diputados morenistas consideran necesario establecer estas evaluaciones en todos los mandos medios y superiores de la administración pública, como una medida de combate a la corrupción.