Entrega Auditor a la Jucopo fianzas; le pide limitarse a sus funciones
MORELIA, Mich., 24 de marzo de 2022.- El auditor superior de Michoacán, Miguel Ángel Aguirre Abellaneda, presentó ante el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso del Estado, Fidel Calderón, las fianzas que ha pagado a favor del Congreso del Estado para poder ejercer el cargo, en cumplimiento del mandato legal.
Por escrito, precisa que las pólizas de las fianzas se presentaron directamente, toda vez que se trata de documentos de validez legal, las cuales fueron expedidas oportuna y puntualmente y le envía copias certificadas ante notario público de las pólizas de fechas del 7 de febrero de 2020 al 6 de febrero de 2021; del 7 de febrero de 2021 al 6 de febrero de 2022 y, del 7 de febrero de 2022 al 6 de febrero de 2023.
Dichas pólizas fueron expedidas por Sofimex, Institución de Garantías, S.A., autorizada por el Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la cual se constituye como fiador del auditor ante el Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo como beneficiario, a fin de garantizar las responsabilidades de carácter administrativo y penal que resultaren por el ejercicio de su encargo.
Lo que no le envió el Auditor al presidente de la Jucopo fue una serie de documentos que el diputado Calderón le requirió, como son los CFDI emitidos como consecuencia del pago de fianzas; los pagos, mediante transferencia o depósito bancario, que acrediten la contratación de tales fianzas, los certificados de no gravamen de las propiedades que se hayan puesto en garantía para su otorgamiento y “los demás documentos vinculados con el cumplimiento de la obligación arriba invocada” (sic), porque no está establecido en la ley.
En el documento de 15 cuartillas en las que fundamenta legalmente su respuesta, le recuerda al diputado Calderón que las autoridades únicamente pueden hacer lo que la ley les permite, razón por la que considera que el ejercicio de la Jucopo debe limitarse a exigir lo que la Ley le autoriza, de manera que impida que su actuación sea arbitraria, extralimitándose en sus funciones.
Señala también que en el requerimiento no se indica y mucho menos funda y motiva la razón o circunstancia por la cual se le exigen más requisitos de los que establece la ley.
El escrito es con atención a la presidente de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior que, legalmente, es la interlocutora entre el Congreso del Estado y la Auditoría Superior de Michoacán.