Michoacán: en 20 años, solo 4 diputados de origen indígena
MORELIA, Mich., 17 de noviembre de 2020.- Pese a que todos los partidos políticos presumen en sus estatutos ser respetuosos de los usos y costumbres de los pueblos indígenas y de que impulsan candidatos que los representen en el Congreso del Estado, esa representación no se ha concretado ya que en los últimos 20 años solo ha habido cuatro legisladores de origen indígena: Adrián Cirilo, Rosa María Molina, Elesban Aparicio y Eleazar Aparicio.
Una revisión de los estatutos de los partidos políticos, realizada por la Comisión Electoral para la atención a pueblos indígenas del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), antes de recomendarles que procuren la participación de los pueblos y comunidades indígenas, pese a que varias de ellas no quieren saber nada de los partidos políticos.
El Partido Revolucionario Institucional impulsa la participación ciudadana de los pueblos y comunidades indígenas, según el artículo tercero y promueve la nominación de candidatos que representen a dichos pueblos y comunidades se acuerdo con el artículo 175.
El Partido de la Revolución Democrática, garantiza la representación en las candidaturas a cargos de elección popular, por lo menos en el equivalente al porcentaje de la población indígena en el ámbito de que se trate, de acuerdo con lo que establece el artículo dos, numeral tres, inciso g.
Además, establece que, en los registros por fórmulas de propietarios y suplentes, las candidaturas de suplentes tendrán las mismas cualidades respecto a las acciones afirmativas en materia indígena que las propietarias se indica en el artículo dos, numeral tres, inciso i.
El Partido Movimiento Ciudadano establece que habrá candidaturas que surgirán de los procesos de consulta que preconizará el respeto a las tradiciones de las comunidades indígenas y que sus postulaciones serán señaladas expresamente en la convocatoria respectiva se indica en el artículo 45
El Partido Morena en los procesos electorales garantizará la equidad de la representación en términos de origen étnico que caracteriza al pueblo de México, establece el artículo 43, inciso a.
Los Partidos Acción Nacional, del Trabajo y Verde Ecologista de México si bien no hacen referencia expresa acerca de la representación política de los pueblos y comunidades indígenas en la postulación de candidaturas para ocupar un cargo de elección popular, también lo es que, expresamente reconocen en su normatividad interna la importancia de los pueblos y las comunidades indígenas.
El Partido Acción Nacional, en su Declaración de principios, en sus apartados 5, 7 y 13 hace referencia a los pueblos y comunidades indígenas, señalando principalmente que existe una identidad indígena; que el humanismo económico asume la responsabilidad social y busca abatir la pobreza extrema, atendiendo prioritariamente a los pobres del campo y la ciudad, dando prioridad a zonas indígenas y rurales e impulsa el desarrollo de las potencialidades del campo mexicano.
De igual manera, refiere que los municipios deben tener la capacidad para determinar libre y responsablemente las características propias de su gobierno de acuerdo con sus necesidades particulares, para establecer las normas básicas de la convivencia social y, en especial, para garantizar el pleno desarrollo y respeto por las comunidades y los pueblos indígenas.
El Partido del Trabajo. En su declaración de principios, señala que la explotación y discriminación que han sufrido los pueblos y comunidades indígenas se ha recrudecido y destaca la importancia histórica, social y cultural de éstos, al tiempo que menciona que el principio fundamental del partido es la Línea de Masas, siendo los indígenas una de las masas fundamentales.
El Partido Verde Ecologista de México, en su programa de acción, dentro del apartado denominado: el Partido Verde Ecologista de México y los derechos humanos, sociales y políticos, manifiestan que México es un país plural, con diversidad de lenguas, culturas y etnias y que propugnan por el respeto a esa diversidad y a la identidad de tales minorías, considerando a la población indígena como un acervo de cultura y tradición de incalculable valor. Señalan también que el aporte de su cosmovisión a la cultura nacional es inapreciable y su amor a la naturaleza es un ejemplo que los ecologistas deben divulgar.
El Partido Encuentro Solidario en sus Estatutos señala como una atribución de la Fundación de Desarrollo Humano y Social, formular e implementar programas estratégicos que atiendan, entre otros a los grupos indígenas; asimismo, en su Programa de Acción, contemplan como uno de sus ideales reconocer a las organizaciones campesinas e indígenas como entidades de interés público y como interlocutores válidos de los intereses de sus agremiados.
El Partido Redes Sociales Progresistas, refrenda en su declaración de principios su compromiso de observar la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y de respetar las leyes e instituciones que de ella emanen y refrendan su compromiso a defender los derechos humanos.
El Partido Fuerza Social por México, en su artículo 4, establece su deber de impulsar la igualdad de género y las oportunidades para los jóvenes e indígenas en todas las actividades del partido; cuenta con una Secretaría de Asuntos Indígenas encargada de vincular al partido con los integrantes y liderazgos de los distintos pueblos originarios existentes en el país, que entre otras atribuciones deberá: elaborar y proponer programas de acción para atender las causas indígenas, tomando como base las necesidades y circunstancias nacionales o regionales; propiciar y garantizar la participación de las y los militantes integrantes de los pueblos originarios; impulsar las candidaturas de personas indígenas, tanto en los cargos de elección popular como de dirección interna del partido.