Elevan nivel de sanción a quien incurra en violencia política
MORELIA, Mich., 29 de agosto de 2018.- La violencia política será sancionada igual que si se excedieran los topes de campaña o si realizaran actos anticipados de campaña, de acuerdo con una reforma al Código Electoral, aprobada por el pleno de la 73 Legislatura.
En la sesión de este miércoles se aprobó, sin discusión alguna, la reforma al artículo 230, mediante la que se adicionó un inciso en el que se especifica que la violencia política es causa de responsabilidad administrativa y se define lo que es la violencia política, la cual puede ser sancionada desde una amonestación hasta la cancelación del registro.
“Se entiende por violencia política todo acto u omisión en contra de cualquier persona por medio del cual se cause un daño moral, físico, psicológico o económico, a través de la presión discriminación, persecución, hostigamiento, acoso, coacción, amenaza y privación de la vida, cometidos por una persona o un grupo de personas, directamente o a través de terceros, con el fin de menoscabar, limitar, condicionar, excluir, impedir, o anular el ejercicio de sus derechos político electorales, así como el inducirle u obligarle a tomar decisiones de tipo político electoral en contra de su voluntad”.
De acuerdo con el dictamen aprobado, la violencia política es una conducta que se debe sancionar puesto que vulnera los derechos humanos de las mujeres que participan en los temas político electorales.