De 5 a 10 años de cárcel por manejar recursos de procedencia ilícita
MORELIA, Mich., 6 de abril de 2022.- Para el combate a las operaciones con recursos de procedencia ilícita y poder debilitar las estructuras patrimoniales y económicas de la delincuencia en el estado, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla propuso al Congreso del Estado reformas al Código Penal para determinar sus agravantes y atenuantes.
Propone reformas para que se impongan de cinco a 15 años de prisión y de mil a 5 mil veces el valor de la UMA de multa a cualquier persona que adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé, reciba, invierta, traspase, transporte o transfiera recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden de una actividad ilícita.
La misma pena aplicará a quien oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden de una actividad ilícita.
Se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia en un término de 30 días naturales, precisa en la iniciativa.
Las penas aumentarán en un tercio cuando el delito se cometa por un servidor público, en cuyo caso, también se la destituirá e inhabilitará para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por el doble del término de la pena de prisión que se imponga.
Lo mismo para quien tenga el carácter de consejero, administrador, funcionario, empleado, apoderado o prestador de servicios de cualquier persona jurídica sujeta al régimen de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, o las realice dentro de los dos años siguientes de haberse separado de alguno de dichos cargos.
Cuando la conducta ilícita sea cometida por servidores públicos encargados de prevenir, detectar, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos o ejecutar las sanciones penales, así como por los ex servidores públicos encargados de tales funciones que cometan dicha conducta en los dos años posteriores a su terminación, también aplica, así como a quienes utilicen a menores de 18 años de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo.
En cambio, a quien asesore profesional o técnicamente y revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza que son producto de una actividad ilícita o de quien se conduzca como dueño, o sea el beneficiario final de los mismos, la pena podrá ser reducida hasta en una tercera parte de la misma.
Además, el mandatario estatal propone de cinco a 10 años de prisión a quien obstaculice o bloquee, parcial o totalmente, carreteras u otras vías de comunicación o impida el libre tránsito de la ciudadanía, de suministros y mercancías o perturbe el normal funcionamiento de los servicios y el desarrollo social y económico de la población, con el objeto de favorecer la comisión de ilícitos y la acción delincuencial.