Da Congreso manga ancha a Ejecutivo en reparto de notarías
MORELIA, Mich., 7 de septiembre de 2018.- El jefe del Ejecutivo de Michoacán poseerá de nueva cuenta la facultad de nombrar notarios o permitir que éstos hereden la notaría a un familiar, de acuerdo con las reformas a los artículos de la Ley del Notariado en estado aprobadas este viernes en sesión del Congreso del Estado.
A pesar de que se había erradicado esta práctica en la ley aprobada por la presente legislatura, este día, por mayoría, los diputados locales aprobaron reformas a los artículos en los que se decidió eliminar los concursos de oposición para obtener la titularidad de alguna notaria, y retornar la facultad de designar a un encargado, al gobernador.
Durante la votación para la aprobación de las reformas, el diputado local priísta, Mario Armando Mendoza Guzmán, cuestionó el proceso de dictaminación de las reformas, pues aclaró el presidente de la Comisión de Justicia convocó de forma irregular a reunión de comisiones para elaborar el dictamen y aprobarlo en fast track.
En entrevista, Mendoza Guzmán cuestionó que esta ley, en los términos planteados, no está contemplada en ninguna de las cinco que se tienen, por lo que cuestionó cuál fue el procedimiento que se utilizó para que llegara esta ley al poder Legislativo.
Posteriormente, explicó que la ley se contrapone a los Códigos Civil y Familiar, por lo que los interesados en contratar a un notario, los abogados y el Poder Judicial podrían ampararse contra ésta.
Advirtió que las reformas se aprobaron de manera apresurada, que el notario podría ser denunciado, en caso de que un cliente quede insatisfecho. “Esto va a meter en un serio problema a los notarios cuando cualquier persona se inconforme, si acudió primero voluntariamente a hacer algún trámite con un notario, y se inconforme, podrá evocar el Código Civil y Familiar; puede denunciar al notario por violaciones a la ley”.
“El primer asunto es que el procedimiento está viciado, es un procedimiento irregular, por lo tanto, es sujeto de un amparo. Lo segundo, si nos vamos al contenido de la ley habla de dos procedimientos, el tema de las herencias y el tema de los divorcios, y en el documento nada más desarrollan un procedimiento, el otro no lo desarrollan”, dijo.
Señaló que queda pendiente el tema de los divorcios administrativos, además de que no se deroga ninguna disposición que contemple ya el Código Civil del Código Familiar, lo que atribuyó a la prisa con que se elaboraron las disposiciones.
“Qué van a hacer los interesados, los notarios, los abogados, a quien le van a hacer caso, a lo que dice la Ley del Notariado, o a lo que dicen los actuales Códigos Civiles o Familiares; yo estoy seguro que el Poder Judicial se va a amparar. Cómo es posible que le hagan una modificación sin que lo tomen en cuenta”, expuso.